Cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de una joven en una discoteca de Málaga
El acusado aprovechó el estado etílico de la mujer y la llevó a su propio domicilio sin su consentimiento
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga a un hombre por abusar sexualmente de una joven con la que coincidió en una discoteca de la capital malagueña, aprovechando que se encontraba en estado de embriaguez.
Según la sentencia, ratificada ahora por el alto tribunal andaluz, los hechos ocurrieron de madrugada en marzo de 2022, tras coincidir ambos en un local de ocio nocturno junto a amigos y conocidos en común. Entre ellos se encontraba un hombre que compartía piso con el entonces novio de la víctima. Durante la noche, el acusado y otra persona le dieron a la joven una copa con alcohol y permanecieron juntos hasta el cierre de la discoteca.
La resolución judicial recoge que, una vez finalizada la actividad del local, el acusado aprovechó el estado etílico de la mujer, que la privaba de capacidad para decidir, y en lugar de acompañarla al domicilio de su pareja, con quien había quedado, la llevó a su propio domicilio sin su consentimiento, donde mantuvo relaciones sexuales con ella.
La joven despertó a la mañana siguiente en la vivienda del acusado, con la ropa parcialmente rota, dolores físicos y sin recordar con claridad lo sucedido desde su estancia en la discoteca, circunstancia que la llevó a concluir que había sido víctima de un abuso sexual.
Por estos hechos, la Audiencia de Málaga condenó al acusado por un delito de abuso sexual a cuatro años de cárcel, además de imponerle la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante cinco años, otros cinco años de libertad vigilada y la obligación de participar en un programa de educación sexual. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la mujer con 6.000 euros.
La defensa recurrió la sentencia, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso al considerar plenamente creíble la declaración de la víctima y al coincidir con la Audiencia Provincial de Málaga en que la ingesta excesiva de alcohol afectó de forma relevante a sus capacidades volitivas e intelectivas, descartando así la existencia de consentimiento.
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