Málaga

La nueva ordenanza de Málaga para regular los patinetes, al detalle

  • Endurece las exigencias a las empresas de alquiler y fija multas de hasta 500 euros 

  • Las firmas solo podrán funcionar con una autorización municipal previa

Un grupo de usuarios de patinetes eléctricos circula por las proximidades de la Catedral de Málaga.

Un grupo de usuarios de patinetes eléctricos circula por las proximidades de la Catedral de Málaga. / Javier Albiñana

Casi dos años después de que el boom de los patinetes eléctricos llegase a Málaga, el Ayuntamiento de la ciudad tiene ya negro sobre blanco una nueva Ordenanza de Movilidad lista para ser aprobada y puesta en funcionamiento. El documento, como ya apuntó este periódico días atrás, acaba de abrirse a la consulta ciudadana en el portal Málaga Contesta, donde cualquier interesado tiene la posibilidad de conocer en detalle su contenido y realizar sugerencias a la misma.

La principal novedad en esta normativa, que se espera sea aprobada por el Pleno el próximo mes de julio, es la relativa justamente a los denominados vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que el patinete eléctrico es referente. En concreto, el texto incluye un capítulo completo dedicado a regular el uso de estos dispositivos. Quiénes puede usarlos, cómo y por dónde. Son algunos de los interrogantes a los que, tras una larga espera, se da respuesta. 

A tenor de lo recogido, el Ayuntamiento fija controles claros sobre las empresas dedicadas al alquiler de estos dispositivos. Lejos de la ausencia normativa del periodo previo, ahora el Consistorio apuesta de manera clara por condicionar la explotación comercial de los mismos a una autorización municipal que deberán obtener las compañías con carácter previo. De hecho, aquellas firmas que actúen sin el citado permiso serán sancionadas con 500 euros.

Es la cuantía más elevada de cuantas se recogen en el apartado sancionador para un uso inadecuado de los VMP (hay en total 35 preceptos susceptibles de ser objeto de multa). Las más comunes tienen una suma inferior, de 60 euros cuando el conductor tenga menos de 16 años, algo prohibido; o los 90 euros por conducir con dos o más ocupantes. Las más numerosas son las de 200 euros, con los que se penalizan la conducción negligente, hacerlo usando un teléfono móvil o con auriculares, o circular por aceras, paseos y demás zonas peatonales. 

En este sentido, 200 euros también se estipulan para las empresas que no desactiven los vehículos en el momento en que acceden a zonas restringidas a la circulación, caso del Centro histórico, un espacio donde queda prohibido su paso. No lo está, sin embargo, para los usuarios de patinetes eléctricos que no sean de alquiler, en cuyo caso tendrían que respetar la prioridad del peatón y no podrán superar los 20 km/h.

Las autorizaciones que se plantean para regular el sector tendrán carácter anual, siendo factible su revocación si se incumplen las condiciones establecidas. Entre ellas aportar un registro de la totalidad de VMP y que estén operativos con los datos técnicos completos de cada uno; utilizar un código digital que identifique cada uno de los vehículos; garantizar al Ayuntamiento el acceso a los datos GPS de geolocalización de toda la flota. Asimismo, no se podrá disponer del permiso si alguno de sus vehículos está en el depósito municipal.

También se exige que cuente con seguro de responsabilidad civil y que disponga de un local en el municipio a efectos de notificaciones, atención al cliente, reclamaciones, así como de un teléfono móvil con servicio 24 horas para atender cualquier requerimiento de la Policía Local o del Área de Movilidad. Igualmente, para renovar esta autorización será obligado no tener ningún vehículo en el depósito. 

El área de Movilidad elude fijar como obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante a los conductores, si bien lo considera "muy recomendable". La única excepción con el casco es cuando la circulación tenga lugar por la calzada. Una opción que está ciertamente limitada. Dentro de las conductas prohibidas están conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas; hacerlo superando las velocidades permitidas; practicar una conducción negligente y/o temeraria; realizar competiciones; agarrarse a vehículos en marcha o ser remolcados por estos...

La decisión municipal es la de prohibir su tránsito por aceras, paseos y zonas destinadas al uso de peatones, mientras que aquellos que sean utilizados en rutas organizadas con fines turísticos tendrán que ceñirse a los circuitos autorizados. En las Zonas 20, calles residenciales o vías de plataforma única, podrán circular respetando la preferencia peatonal, sin superar los 20 km/h. 

Movilidad hablar de regular un protocolo de actuación para la retirada, identificación y depósito de bicicletas

El documento hace mención, igualmente, a los monopatines, patines o aparatos similares, "que no tengan la consideración de vehículos de movilidad personal", prohibiendo su circulación por la calzada, salvo zonas, vías o partes de éstas que les estén especialmente destinadas. Se incide en que los mismos tendrán que acomodar su velocidad a los peatones, sin poder superar los 10 km/h. Sí se les autoriza la circulación por las vías ciclistas en las condiciones citadas.

Y a las bicis. Si bien de manera global mantiene los preceptos ya vigentes, detalla la prohibición de que circulen por los carriles reservados para los autobuses. Ello salvo que, "con carácter excepcional, previo informe de los servicios municipales de Policía Local y Movilidad", el Ayuntamiento lo permita mediante una señalización específica. Asimismo, se apunta que cuando circulen en zonas cercanas a edificios tendrán que ir "a una distancia mínima de un metro y medio de la fachada, en el supuesto de que no exista una zona delimitada específica para peatones".

Entre las conductas prohibidas, con carácter general, están las de estacionarlas sobre las aceras y zonas destinadas al paso de los peatones. El incumplimiento de estas condiciones puede provocar la retirada de la bici, de lo que se dará aviso al titular que podrá retirarla, aunque tendrá que asumir los gastos. La intención del Consistorio es la de regular un protocolo de actuación que determine el procedimiento de retirada, identificación y depósito de la bicicleta. Y en este mismo sentido se habla de crear un registro de bicicletas con objeto de conocer el parque ciclista de la ciudad.

 

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