¿Puede un peatón guardar el aparcamiento a un coche? Esto es lo que dice la DGT

El Reglamento General de Circulación recoge normas que afectan a los viandantes, que también pueden ser sancionados si no respetan la Seguridad Vial

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Tráfico en el centro de Málaga.
Tráfico en el centro de Málaga. / Susana Lisbona

En más de una ocasión se ha visto como un peatón ha guardado un espacio para que aparque un coche. Normalmente situándose en ese espacio de la calzada, para que de ese modo otro vehículo no estacione. Una práctica que más de uno ha hecho para ayudar a algún familiar o amigo, cuando estacionar el coche ha sido una misión complicada.

Ahora bien, la Dirección General de Tráfico no concibe esta práctica como adecuada. Dentro del Reglamento General de Circulación (RGC) no recoge un artículo concreto en el que se prohíba explícitamente a un peatón guardar un aparcamiento a un coche. Sí que indica por dónde no puede circular un peatón, así como la sanción por parar donde no debe.

Qué dice la DGT sobre ello

Dentro del Reglamento General de Circulación no hay un artículo que indique expresamente que un peatón no debe guardar un aparcamiento. Pero, en su artículo 122, sobre la circulación por la calzada o el arcén, en el punto 6, se señala que "Cuando exista refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén, aunque sea en espera de un vehículo, y para subir a este, solo podrá invadir aquella cuando ya esté a su altura".

Es decir, que una persona no puede quedarse parada en la carretera a la espera de la llegada de un coche, en una zona en la que disponga de una acera. Además, en el caso de quienes estén esperando para subirse a un vehículo, como indica este artículo, deben hacerlo en la acera, y no en el arcén, salvo en el mismo momento en el que pase el transporte.

Los peatones pueden ser multados con sanciones de 80 a 1.000 euros

Los peatones también pueden ser multados por infringir normas de circulación, que pueden ir de los 80 a los 1.000 euros. No cruzar por un paso de peatones, andar por autovías o autopistas o circular por fuera de la calzada (siempre que exista) puede supones una sanción de 80 euros. Por lo que, si un peatón guarda un aparcamiento fuera de la calzada por la que puede ir, podría suponerle una multa de 80.

Otras normas que deben seguir los viandantes es circular por el lado izquierdo cuando se va fuera del poblado, hacerlo por la derecha sería sancionado también con una multa de 80 euros. También hay multas por cruzar cuando el semáforo está en rojo, la sanción asciende a los 200 euros.

Y negarse a realizar un control de alcoholemia o drogas, también puede suponer una multa. Es habitual que estas pruebas se hagan a conductores, pero cuando un peatón está implicado en un accidente o ha cometido alguna infracción, puede requerirse que se le haga esta prueba. Si se niega a hacerla la multa es de 1.000 euros.

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