Tribunales

Perdonan 650.000 euros de deuda a un empresario malagueño por la ley de segunda oportunidad

Vista de la Ciudad de la Justicia de Málaga.

Vista de la Ciudad de la Justicia de Málaga. / Javier Albiñana (Málaga)

Un empresario malagueño ha vuelto prácticamente a nacer, después de que el Juzgado Mercantil número 1 de Málaga le haya exonerado del pago de una deuda de 649.742 euros gracias a la ley de segunda oportunidad. Este empresario solo deberá abonar 50 euros mensuales durante los próximos cinco años, correspondientes a una parte del 50% del principal de la deuda pública que tiene, lo que implicará el pago de 3.000 euros, ya que el otro 50% sí ha quedado exonerado.

"Su deuda de ese 50% restante del principal de la deuda pública es mucho mayor, porque tenía un gran montante pendiente con Hacienda, pero el pago se hace en función de los ingresos mensuales de cada persona. Si este empresario tuviera, de pronto, unos grandes ingresos procedentes, por ejemplo, de una herencia o una lotería tendría que pagar más", explica Pepe Domínguez, abogado de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento

La situación es la siguiente. Este empresario malagueño, según relatan en esta asociación, tenía un negocio de envasado de agua que se fue a la quiebra en 2008 con la crisis económica y los impagos de varios clientes. A eso se le sumó un divorcio y su imposibilidad para hacer frente a la pensión compensatoria. En 2015 empezó a dedicarse a la gestión inmobiliaria de inmuebles de lujo, aunque tampoco le fue bien. Entre una cosa y otra, "se fue haciendo una bola de nieve" y la deuda, solo entre la Agencia Tributaria y su ex mujer, ya ascendía a 500.000 euros. 

Domínguez asegura que el deudor siempre tuvo intención de pagar, buscando diversas fórmulas, pero no tenía ingresos suficientes. Decidió entonces, con la ayuda de los abogados de esta asociación, acogerse a la ley de segunda oportunidad, a través de la cual se permite la cancelación de deudas por resolución judicial siempre que se cumplan una serie de requisitos. Entre ellos están, tal y como recoge la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil número 1 de Málaga el pasado 26 de mayo, que "el deudor sea persona natural, que el concurso se concluye por liquidación o por insuficiencia de la masa activa y que el deudor sea de buena fe".

¿Cómo se sabe si es de buena fe? Según el juzgado se ratifica en que el "concurso no ha sido declarado culpable y que no consta que el deudor haya sido condenado en sentencia por ningún delito que determinara el rechazo de la exoneración". Los abogados concretan que se entiende que es un deudor de buena fe cuando no ha sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos diez años, no se ha acogido antes al procedimiento de ley de segunda oportunidad, y la deuda total es inferior a los cinco millones de euros. 

Tanto la Seguridad Social como la Agencia Tributaria se han opuesto a esta exoneración, pero el Juzgado Mercantil malagueño le ha dado la razón al empresario y solo le ha impuesto el plan de pagos formulado por el concursado. El deudor, según recoge la sentencia, ha propuesto pagar 50 euros mensuales durante los dos primeros años para los créditos contra la masa (1.146 euros) y otros 50 euros mensuales durante los tres años siguientes por los créditos privilegiados (90.099 euros). Por tanto, en este caso, solo pagará 3.000 euros de una deuda de 91.000 euros. Según dicta la sentencia, el deudor alega que "en la actualidad no tiene ingresos, que es comercial inmobiliario, que cobra por comisiones y que en el plazo de dos años no ha conseguido vender ninguna vivienda". 

Desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento aseguran que "esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del interesado y le permite al ex deudor salir definitivamente de cualquier fichero de morosidad". Este organismo subraya que han conseguido medio centenar de sentencias de liberación de deuda en lo que va de año en España y que en Málaga consiguieron el mes pasado exonerarle a un ex empresario marbellí de una deuda de 382.360 euros. 

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