Dos presos por delitos sexuales ya excarcelados en Málaga tras la ley del 'solo sí es sí'
La cifra de reos que han visto rebajadas sus condenas debido a la reforma del Código Penal asciende a 26
Primera excarcelación en Málaga y 18 rebajas de condena por delitos sexuales
“A muchas víctimas se les nota el terror sin hablar, no pueden ni mirarme a la cara”
Dos reos condenados por delitos contra la libertad sexual ya han sido excarcelados y otros 26 más han visto rebajadas sus penas en la provincia de Málaga tras la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí el pasado 7 de octubre. Esta es la última actualización que han facilitados fuentes judiciales, coincidiendo con el 8M -Día Internacional de la Mujer-, sobre los efectos de una norma trasversal que ha supuesto la modificación parcial de hasta 15 quince leyes y ha generado gran controversia sobre el modo de su ejecución.
La Audiencia Provincial de Málaga suma, además, una tercera liberación ejecutada por la Sección Séptima, ubicada en la Ciudad Autónoma de Melilla. La Sección Primera ha sido la que ha dictado un mayor número de reducciones de condena, con un total de diez, y las dos excarcelaciones, siendo una de ellas la primera absolución que se produjo en la provincia. El 6 de marzo de 2015, condenó a seis años de prisión a un hombre como responsable de un delito de agresión sexual hacia su sobrina, de 14 años, cometido en 2019. Además, se le impuso la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia mínima de 500 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante 14 años, y se acordó que la indemnizara con 15.000 euros por los daños morales causados.
En esta sentencia, los jueces tuvieron en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, como el hecho de que el juicio no se celebrara cinco años y medio más tarde después de que se iniciara la causa y otros aspectos relativos a que el acto criminal no fuera “acompañado de una violencia reseñable” y haberse consumado “en breve instante ante el temor de ser sorprendido”. Por ello, fijaron la pena mínimaque entonces establecía el Código Penal para los delitos relativos a agresiones sexuales.
Así, el penado ingresó en prisión para cumplir condena el 9 de julio de 2017, donde permanecía hasta hace poco. Si bien, el pasado 20 de noviembre, en virtud de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual –que afecta fundamentalmente a las penas dictadas como mínimas– la defensa del reo pidió una revisión de condena que fue estimada por la Sala. Tras estudiar el caso, el 19 de enero los magistrados acordaron rebajar su estancia en prisión a tres años y seis meses de prisión.
Pero, para esta fecha, el reo ya había liquidado la nueva condena, por lo que lo que la Sala dispuso en el auto, al que ha tenido acceso este periódico, que se comunicase al centro penitenciario en el que se encontraba ingresado, al ministerio fiscal y a las defensas su puesta en libertad.
Fue la sección octava de la Audiencia Provincial la que dictó la primera rebaja de condena a un violador en Málaga, con una disminución de cuatro años, por lo que su pena ejecutada por dos delitos sexuales -cuyo castigo ascendía a seis años por cada uno- ha pasado de 12 años a ocho.
En este punto, cabe actualizar también el dato sobre rebajas de condena y excarcelaciones en Andalucía, Ceuta y Melilla. En cuanto a disminución de penas, se han visto beneficiadas un total de 152 y 15 internos han liquidado su condena y han sido absueltos como consecuencia de la reforma del Código Penal. Si bien, fuentes judiciales destacan que estos "datos fluctúan cada día porque van llegando solicitudes de las defensas de los reclusos y porque también se van revisando poco a poco de oficio".
La reforma del 'solo sí es sí' comienza su andadura
Este martes, el Pleno del Congreso aprobó la toma en consideración de la propuesta del PSOE para reformar la la ley del solo sí es sí tras obtener la iniciativa socialista el apoyo del PP, Ciudadanos, el PNV y el PDeCAT, así como la abstención de Vox; mientras que, Unidas Podemos, incluyendo la vicepresidenta Yolanda Díaz y la ministra de Igualdad, Irene Montero, votó en contra de la iniciativa de su socio de Gobierno, al igual que otros aliados de investidura como ERC y EH Bildu.
Pero, ¿qué supone esta modificación? Un reajuste en la horquilla de penas para la agresión sexual con violencia e intimidación, de forma que este delito eleve su castigo en hasta dos años de prisión, con respecto al texto de la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad y actualmente en vigor, por lo que este texto regresa a las penas que iban desde uno hasta los cincos años en el caso de las agresiones sexuales, recogida en el Código Penal en 2010.
La propuesta del PSOE mantiene la redacción de los dos primeros puntos redactados por Igualdad, que señalan que "sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona" y que "se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa".
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