Málaga

Un tribunal tumba la licitación de las obras de la biblioteca en San Agustín

  • La resolución acepta el recurso de los promotores y constructores, que creían que el concurso planteaba condiciones excesivas

El interior del convento de San Agustín.

El interior del convento de San Agustín. / Javier Albiñana

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha estimado el recurso especial en materia de contratación que en el mes de febrero interpuso la Confederación Nacional de la Construcción, a petición de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga, contra el pliego de cláusulas administrativas particulares que regía la licitación convocada por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura O.A. (GIEC) para la ejecución de las obras de restauración del antiguo Convento de San Agustín para la nueva sede de la Biblioteca Pública del Estado en Málaga.

Los empresarios entendieron que en el pliego se pedían unos requisitos que excedían de las necesidades de la obra y limitaba la concurrencia, dejando fuera a empresas que contando con la clasificación que legalmente se debía exigir, no podían cumplir con los requisitos adicionales establecidos, consistentes en la adscripción al contrato de determinado personal, con unas características tan concretas, “que muy pocas empresas podrían cubrir y que ni la dimensión económica del contrato ni la complejidad del mismo, lo justificaban”, aseguraron este viernes desde la ACP.

El tribunal ratifica que, efectivamente el compromiso de adscripción de medios establecido en relación con el jefe de obra y el encargado era “excesivamente exigente y estima el recurso para que el órgano de contratación reduzca las exigencias adicionales a la clasificación que se exigen para participar en la obra objeto del presente contrato, en unos términos que no limite la participación de las empresas clasificadas en la licitación.

Además, no considera que los argumentos aducidos para tales exigencias justifiquen su imposición por tratarse de un bien de interés cultural, que se sitúa en un área de sensibilidad arqueológica y de interés turístico, ya que precisamente la clasificación exigida (Grupo K7) se refiere a la restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos.

Desde la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga valoraron muy positivamente esta resolución, que vendrá a frenar, el que según indican, “se está convirtiendo en un proceder habitual de las administraciones, que utilizan estas exigencias adicionales, bajo el argumento de mejorar la ejecución de la obra, pero que termina limitando las opciones de las pequeñas y medianas empresas, que cuentan con sobrada capacidad y solvencia para poder ejecutar los trabajos”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios