Marbella

Archivan la querella contra la alcaldesa de Marbella por la licencia del club Opium

La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, en una imagen de archivo.

La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz, en una imagen de archivo. / M. H. (Marbella)

El Juzgado de Instrucción número 3 de Marbella ha archivado la querella por presunta prevaricación  contra la alcaldesa de esta ciudad, Ángeles Muñoz, en relación con la licencia del club de playa Opium, acción que también se formuló contra el teniente de alcalde Félix Romero y los dueños del establecimiento, fallando el juez que no aprecia la existencia de "delito"

Se trata del mismo club donde el pasado verano se produjo un tiroteo que se saldó con cinco heridos, cuatro de ellos de bala, mientras Felipe Juan Froilán de Marichalar celebraba allí su cumpleaños.

El auto, al que ha tenido acceso EFE, detalla algunos trámites y diligencias realizados por el órgano instructor y las razones que han dado pie al sobreseimiento.

Un vecino señaló en la querella "la irregularidad de la concesión de licencia para actividad de música pregrabada al aire libre del establecimiento", al amparo del Real Decreto 155/2018, cuando los informes técnicos previos a su apertura consideraban que no era aplicable, explica el auto.

A este respecto, según la resolución, se tuvo también en cuenta el fallo acordado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Marbella, que en febrero de 2022 dictó el sobreseimiento de diligencias previas -con el visto bueno de la Fiscalía- de un procedimiento donde se daban "las mismas circunstancias" que en este, "no apreciándose entonces delito alguno".

El auto añade que "en modo alguno" puede decirse que se esté ante una resolución que suponga una "contradicción patente y grosera del ordenamiento público", que desborde la legalidad "de un modo evidente, flagrante y clamoroso" y se desvíe del Derecho, algo que "exige el delito de prevaricación".

El querellante aludía a la pasividad por parte del Ayuntamiento de Marbella para tramitar las denuncias vecinales, cuestión que descarta el juzgado en base a los expedientes incoados y a las sanciones acordadas por el Consistorio contra el establecimiento en cuestión, incluidas las suspensiones temporales de actividad.

En la querella se denunciaba un presunto delito contra el medio ambiente y de lesiones al entender que la actividad del establecimiento causaba "ruidos mucho más que intolerables" hasta el punto de incumplir la normativa nacional y la ordenanza municipal sobre este particular.

En este sentido, el juzgado considera que "no ha quedado mínimamente acreditado, ni siquiera indiciariamente, la existencia de dicho delito".

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