Provincia

Aplazan el sorteo por la Alcaldía de Tolox hasta resolverse una alegación del PSOE

  • La papeleta declarada nula tiene algunos cortes en el lateral donde no están los nombres de los candidatos

  • El PSOE afirma que "no ofrece dudas" de que el elector quería votar a los socialistas

El voto que le pudo dar la alcaldía al PSOE en Tolox sin sorteo

El voto que le pudo dar la alcaldía al PSOE en Tolox sin sorteo

El sorteo previsto para este viernes para decidir el desempate sobre la Alcaldía de Tolox se ha aplazado hasta la resolución de una alegación presentada por el PSOE sobre uno de los votos que la Junta Electoral de Zona dio como nulo.

El PSOE defiende en la alegación, a la que ha tenido acceso Europa Press, que obtuvo 604 votos en las elecciones del pasado domingo en Tolox, frente a los 603 del PP, habiéndose declarado nulo uno de los votos a los socialistas, de ahí la situación de empate que debería resolverse por sorteo, según la legislación electoral vigente.

Por ello, el recurso se eleva a la Junta Electoral Central para que se declare válido el voto inicialmente declarado nulo tanto por la mesa electoral como por la Junta Electoral de Zona de Málaga, en relación con el escrutinio general de Tolox.

La papeleta declarada nula tiene algunos cortes en el lateral donde no están los nombres de los candidatos, sin afectarles por tanto, incidiéndose en la alegación que tampoco afectan al logotipo del PSOE, partido que recuerda que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) alude a votos nulos como aquellos en los "que se hubieren modificado, añadido o tachado nombres de candidatos comprendidos en ellas o alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión, o producido cualquier otra alteración de carácter voluntario o intencionado".

También se hace referencia a una sentencia de 23 de junio de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y se incide en que la papeleta invalidada "refleja la voluntad del elector y no ofrece dudas de que quería votar al PSOE". "En caso de haber querido romper la papeleta lo hubiera hecho totalmente por lo que no se compromete el sentido del voto", se incide.

Según la alegación, la infracción electoral denunciada afecta al resultado final de la elección, "requisito necesario para poder apreciar una lesión real y efectiva del derecho de sufragio pasivo pues si la referida papeleta fuera nula se privaría al PSOE de la Alcaldía del municipio de Tolox". El empate supondría aplicar el artículo 163 de la Loreg, eligiéndose finalmente el gobierno del municipio mediante el lanzamiento de moneda.

Ambas formaciones políticas desconocen cuándo se resolverá este recurso ante la Junta Electoral Central que determinará si finalmente se da como válido ese voto o se continúa la línea de la mesa electoral y Junta Electoral de Zona y la Alcaldía se decide por sorteo.

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