Cárcel para un agresor sexual que violó a una menor de 14 años tras contactarla con un perfil falso por Instagram
La menor, al descubrir la verdadera identidad del autor y su edad, cortó la comunicación, pero éste comenzó a acosarla con llamadas y la buscaba en su instituto
Confirman la sentencia a un hombre que abusó de la hija de un amigo que se quedó en su casa a dormir
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra un vecino de la Serranía de Ronda por agresión sexual a una menor de 14 años, a la que había contactado con un perfil falso a través de Instagram. El fallo confirma que el acusado le pidió imágenes sexuales, la acosó de forma persistente por redes, teléfono y en persona, y finalmente la violó en su habitación. El relato judicial reconstruye una secuencia de captación digital, acoso persistente y agresión sexual. El acusado ha sido condenado a dos años de prisión y se le impone, además, libertad vigilada, inhabilitación profesional y la prohibición de ejercer la patria potestad durante cuatro años.
La cadena de hechos dio comienzo en marzo de 2020, cuando el Gobierno declaró el estado de alarma por la crisis del coronavirus. El acusado, que no tenía antecedentes penales, contactó con la adolescente, a través de Instagram, ocultando su edad real y utilizando un perfil ficticio. Tras ganarse su confianza, comenzó a solicitarle contenido sexual explícito, incluyendo fotografías desnuda. La menor, al descubrir la verdadera identidad del autor, cortó la comunicación, pero éste persistió en el acoso con llamadas desde un número oculto y a través de nuevos perfiles en redes sociales. También la buscaba en su entorno escolar y cerca de su casa.
El individuo había contactado con la víctima, una menor nacida en 2006, a través de Instagram. Se presentó como un joven de 20 años residente en Málaga. La menor aceptó su solicitud de amistad, le proporcionó su número de teléfono y datos sobre dónde vivía.
El episodio más grave, según la resolución judicial, ocurrió cuando el autor se presentó en la vivienda de la menor, donde se encontraba sola. Tras ganarse su confianza, la agredió sexualmente en su habitación. No hubo violencia física, si bien aprovechó la manipulación psicológica que había ejercido. La víctima logró cortar el contacto, pero su agresor volvió a acercarse a ella en Navidad, lo que generó alarma entre sus familiares.
Con el paso del tiempo, el contacto se tornó inquietante. Y hubo más avances. Comenzó a solicitarle prácticas sexuales a la menor, como masturbaciones, y el envío de fotografías desnuda. Ella, en un intento de protegerse, le envió imágenes retocadas de otras mujeres. Él respondió enviándole una fotografía de sus genitales. Tras este episodio, la menor cortó la comunicación.
La ruptura no detuvo al acusado. Creó nuevos perfiles en redes sociales, publicó imágenes de la menor acompañadas de insultos y comenzó a llamarla a distintas horas desde números ocultos. Además, se presentó en su instituto y en su domicilio, insistiendo en verla y hablar con ella.
La menor acabó descubriendo que tenía bastante más edad de la que le había dicho. Le escribió tachándolo de mentiroso y pidiéndole que la dejara en paz. Pero no se dio por vencido: continuó acosándola por redes sociales, teléfono y en persona.
En octubre o noviembre de ese mismo año, el procesado creó una nueva cuenta en Instagram y volvió a contactar con la menor. Persistía en una cita con ella. Se presentó en su domicilio, donde ella se encontraba sola. Una vez dentro, se sentaron en el sofá del salón. Comenzó a besarla y a tocarla. Ante su insistencia, se dirigieron a la habitación.
Allí, la adolescente se quitó los pantalones del pijama y la ropa interior, y él los pantalones y los calzoncillos. Mantuvieron relaciones sexuales. Ella le pidió que cesara, a lo que el individuo accedió. Ambos se vistieron y él se marchó.
El último contacto entre ambos quedó registrado el día de Navidad. Mientras la menor paseaba por Málaga en compañía de una prima, el agresor se acercó, la cogió del brazo e insistió en hablar con ella. La prima de la víctima, asustada, se ausentó del lugar del encuentro.
Durante el proceso judicial, reza el fallo, quedó acreditado que el autor presenta un desarrollo intelectual límite (borderline) y una inmadurez de la personalidad que afecta su capacidad de comprensión y adaptación social. Aunque estas circunstancias fueron consideradas como atenuantes muy cualificadas, no eximieron su responsabilidad penal.
Ahora, el Alto Tribunal ha dictado sentencia firme en un caso que ha recorrido tres instancias judiciales. La resolución confirma los hechos probados recogidos por la Audiencia Provincial de Málaga y ya ratificados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla.
El autor ha sido condenado por dos delitos contra la libertad e indemnidad sexual cometidos contra una menor de 14 en Málaga. La Sala Segunda de lo Penal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por su defensa, que alegaba vulneración de derechos constitucionales, error en la valoración de la prueba y aplicación incorrecta de la nueva Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
La sentencia también declara probado que presenta un desarrollo límite o déficit de la inteligencia (borderline) e inmadurez de la personalidad. Estas condiciones lo sitúan en un rango cronológicamente inferior al propio de su edad en lo referente a su nivel de conciencia y adaptación en diferentes áreas de la vida. Estas limitaciones, recoge la resolución judicial, influyeron negativamente en su conducta, aunque no alcanzaron la entidad suficiente para provocar alteraciones en su consciencia que anularan o alteraran gravemente su libre albedrío.
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