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El juzgado archiva la causa por las contrataciones de Axaragua

  • La denuncia contra el presidente fue interpuesta por el vocal de Por mi Pueblo, Abdeslam Lucena

El presidente de la Mancomunidad Oriental, Gregorio Campos.

El presidente de la Mancomunidad Oriental, Gregorio Campos.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vélez-Málaga ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra el presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol-Axarquía, Gregorio Campos, por contrataciones realizadas por la institución.

Campos fue citado a declarar como investigado a petición de la Fiscalía por un presunto delito de prevaricación, tras la denuncia efectuada por el partido Por Mi Pueblo, que acusaba al presidente de realizar contrataciones en la empresa pública de aguas de la Mancomunidad, Axaragua, sin seguir los principios de publicidad, mérito y capacidad.

El secretario manifestó que siempre se había contratado igual

En el auto de sobreseimiento provisional, contra el que cabe recurso, la titular del juzgado señala que los hechos objeto de la denuncia "no son constitutivos de delito alguno" y que del resultado de las diligencias practicadas, no se han obtenido pruebas de cargo contra Campos.

"Tras la instrucción, en la que se han solicitado varios informes del secretario de Axaragua, así como su declaración judicial, no se encuentran indicios de criminalidad suficientes para entender que el investigado incumplió por completo el procedimiento legalmente establecido para contratar a trabajadores temporales", indica el auto.

El secretario manifestó que "en todos los años que llevaba trabajando en Axaragua siempre se había contratado igual y que este tipo de contratos laborales no tenían procedimiento de contratación establecido por ley y que los principios que se tenían en cuenta son los actualmente avalados por la doctrina jurisprudencial, como la eficacia.

Los candidatos eran enviados por el Servicio Andaluz de Empleo

Asimismo, detalló que los candidatos eran enviados por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) "por ser personas que conocen el puesto de trabajo que van a ejercer".

En cuanto a la declaración del propio investigado, la jueza recuerda que éste mantuvo que no conocía de nada a las personas contratadas y que todo el procedimiento se realizaba por los jefes de explotación, que son quienes realmente conocen las necesidades del servicio en momentos puntuales, especialmente en verano.

Según la resolución judicial, al mantenerse el mismo proceder a la hora de efectuar las contrataciones temporales en esta empresa pública, "hay ningún elemento objetivo ni subjetivo en el que haya podido incurrir el investigado", y además, desde el inicio del proceso penal, se ha aumentado la transparencia en la selección.

La titular del juzgado sostiene que no existe "indicio racional" que determine que la actuación de Campos pueda ser encuadrada como una infracción penal, sin perjuicio de acciones de otra naturaleza que pudieran ejercitarse.

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