Suspendido el sorteo de las 11 viviendas de VPO para jóvenes en Nerja "para corregir errores en el listado de admitidos"
La concejala de Vivienda afirma que se debe a la necesidad de finalizar la valoración de la documentación presentada por los solicitantes
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La falta de vivienda es uno de los mayores problemas de España, especialmente en los municipios con más habitantes. Para paliar esta problemática, Nerja inició en 2022 la construcción de 11 viviendas VPO para jóvenes menores de 35 años, en régimen de alquiler asequible, proyecto que contó con una inversión 1.450.269,06 euros. Así, hace días la Junta de Gobierno aprobó el listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos que optan a estos inmuebles. Ahora, se ha suspendido dicho sorteo "para corregir errores en el listado de admitidos".
La concejala de Vivienda de Nerja, Nieves Atencia, ha informado este martes de la suspensión del sorteo de los inmuebles situados en la calle Zurbarán, previsto para el miércoles 4 de junio en el Centro Cultural Villa de Nerja.
Atencia ha explicado que la suspensión se debe "a la necesidad de finalizar la valoración de la documentación presentada por todos los solicitantes". En este sentido, la edil ha señalado que el objetivo de la Concejalía de Vivienda es corregir "posibles errores en el listado actual de admitidos". Una vez concluidos estos trabajos, se anunciará una nueva fecha para la celebración del sorteo.
La edil ha indicado que la demora será de solo unos días y responde a la voluntad de garantizar, al máximo, "que el listado definitivo no contenga errores".
Asimismo, ha mostrado su disposición para atender personalmente a quienes necesiten resolver dudas o recibir información adicional.
Requisitos exigidos por Nerja para optar a la vivienda
El sorteo será el sistema elegido para la adjudicación de las viviendas entre los solicitantes inscritos en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda con los siguientes requisitos:
- Grupo especial de jóvenes menores de 35 años
- Régimen de alquiler o de alquiler con opción de compra
- Vivienda de dos dormitorios (2 viviendas) para unidades familiares sin hijos o con un hijo, o de tres dormitorios (9 viviendas) para unidades familiares con uno o dos hijos
- Tener ingresos familiares que no superen cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), pero suficientes para abonar la renta establecida, con un mínimo de dos veces el IPREM, en atención a lo dispuesto en el artículo 23.3 del Plan Vive Andalucía (Decreto 91/2020 de 30 de junio).
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