El Supremo eleva 2 años la condena al ex alcalde de Alcaucín en el caso Arcos

Tribunales

Es la "mínima a imponer", dice el alto magistrado, que lo considera autor de un delito continuado de falsedad documental

José Manuel Martín, en una imagen de 2009 cuando fue detenido por la operación Arcos
Efe

Málaga, 17 de junio 2020 - 15:02

El Tribunal Supremo ha condenado al ex alcalde de Alcaucín José Manuel Martín a 2 años y tres meses de prisión como autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial, pena que se añade a la sentencia de la Audiencia de Málaga que lo condenó a 17 meses de prisión por otros delitos.

En la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Efe y consta de más de 300 páginas, se estiman parcialmente los recursos de casación interpuestos por el ministerio fiscal y uno de los acusados y se desestima el resto.

El Supremo señala que Martín Alba ha de ser considerado autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le impone una pena de 2 años y 3 meses, que es "la mínima a imponer", además de inhabilitación especial durante 2 años y una multa de 1.260 euros.

Martín Alba fue condenado a 17 meses de prisión y a 7 años y siete meses de inhabilitación especial como autor de un delito continuado de prevaricación, prevaricación urbanística y tráfico de influencias y autor por inducción de otro de falsedad en documento oficial.

El ex alcalde fue uno de los once condenados por la Audiencia Provincial de Málaga, junto al ex jefe adjunto de Arquitectura de la Diputación José Francisco Mora, en este caso, en el que se investigó la concesión de licencias irregulares entre 1999 y 2010, mientras que 33 acusados fueron absueltos.

Además de elevar la pena al ex alcalde -que asciende ahora a 3 años y 8 meses de prisión- el Tribunal Supremo condena a dos de los acusados que fueron absueltos por la Audiencia malagueña: el asesor Pedro Grandfils y el secretario del Ayuntamiento Ernesto Rodríguez Martín Caro.

Esta sentencia condena a Grandfils como autor por cooperación necesaria de un delito continuado de falsedad en documento oficial con la atenuante de dilaciones indebidas, a 2 años y 3 meses de prisión, y a Rodríguez Martín Caro, como autor de seis delitos de falsedad por imprudencia en documento oficial con la atenuante de dilaciones indebidas, a abonar una multa de 540 euros.

Uno de los letrados personados en el caso, José Carlos Aguilera, ha lamentado que hayan tenido que "pasar 12 años desde que se iniciara la investigación" para que este caso haya llegado a su fin.

Ha indicado que los detenidos fueron "sometidos a un juicio paralelo, sumarísimo e inquisitorial, con veredicto inmediato de condena", pero "la condena del Estado de Derecho llega 12 años más tarde y, por tanto, ya no puede ser ni eficaz ni ejemplar", ha lamentado.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último