Abierto el plazo de la ayuda a la vivienda en Málaga para jubilados y desempleados
Podrán mandarse solicitudes hasta el próximo 2 de febrero
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Los propietarios de viviendas en Málaga con escasos recursos económicos tienen una nueva oportunidad de solicitar la ayuda económica de 200 euros anuales. El Ayuntamiento de la capital ha abierto el plazo de su secta convocatoria este martes 13 de enero. Esta ayuda está dirigida a pensionistas o desempleados que estén empadronados en la ciudad. El plazo para solicitarla estará abierto hasta el próximo 2 de febrero.
El Consistorio ha señalado que el objetivo de esta es la de "favorecer el mantenimiento de la vivienda habitual y que esta se dote de las condiciones de salubridad, ornato y conservación adecuadas". Para esta edición el Ayuntamiento ha destinado un millón de euros.
Cómo solicitar esta ayuda a la vivienda
Esta ayuda a la vivienda podrá solicitarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga, así como de forma presencial en las distintas Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) y en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (Gestrisam).
A esto se suma que el Consistorio ha habilitado un teléfono de atención ciudadana, el 951 92 92 92, desde el que se ofrece información y asistencia a la población que requiera de asistencias.
Requisitos de la subvención
El Consistorio ha explicado que cuentan con un censo de personas reconocidas como beneficiarias para que puedan mantener su condición tras la revisión del cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria.
El primer requisito para poder optar a esta subvención pasa por tener una vivienda sobre la que se ostente algún derecho de concesión administrativa, superficie, usufructo, propiedad o copropiedad. Además, solo podrá percibirse una ayuda por cada unidad de convivencia, aquellas personas que viven en una vivienda y figuran empadronadas en la misma.
A nivel económico, los ingresos totales de la persona beneficiaria y sus convivientes no pueden exceder el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual vigente para 14 pagas multiplicado por 1,7, lo que equivale a 1.020 euros mensuales o 14.280 euros anuales distribuidos en 14 pagas).
En el caso de que el solicitante sea un pensionista que reciba la pensión mínima con el complemento del cónyuge a cargo, dicho complemento quedará excluido del cómputo para calcular el límite de sus ingresos. Igualmente, también quedarán excluidos los ingresos que perciban los pensionistas en situación de dependencia, gran invalidez o situaciones similares para afrontar la asistencia por parte de terceros, así como las prestaciones económicas por dependencia.
Y por último, aquellas personas que soliciten estas ayudas deben tener domiciliados los tributos municipales de IBI y IVTM y, en el caso de las personas desempleadas, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al menos durante seis de los últimos 12 meses previos a la solicitud.
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