El derroche de agua acarreará multas de hasta 600.000 euros
La junta de gobierno local aprueba la nueva ordenanza que persigue acabar con el uso negligente de los recursos y que incluye un plan para hacer frente a las sequías
El derroche de agua o el vertido de residuos contaminados sin control a la red de alcantarillado acarrerará multas de hasta 600.000 euros. La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Málaga dio ayer el visto bueno a la actualización de la normativa que regula el uso del agua en Málaga, con el fin de adaptarla a la última legislación autonómica y europea aprobada en esta materia y que persigue acabar con los usos negligentes.
En lo que se refiere al consumo, el proyecto de ordenanza sobre el ciclo integral de agua que sustituye y deroga a la actual norma frente a la contaminación de las aguas, busca promover el uso racional del agua, diferenciando entre la que va destinada al consumo humano y aquella otra que se dedica a utilidades como el baldeo, la limpieza o el riego, que no requieren el mismo tratamiento. Además, regula las condiciones del vertido de agua residual a la red de alcantarillado, incluyendo las prescripciones que deberán cumplir los usuarios a la hora de hacer uso de la misma.
La ordenanza también actualiza el régimen sancionador asumiendo lo establecido por la normativa autonómica en estos conceptos. En el caso de las infracciones muy graves, la norma establece multas que oscilan desde los 300.506,62 hasta los 601.012,10 euros. Para las graves, fija un abanico de 6.010,13 a 300.506,61 euros y para las leves, una multa de 6.010,12 euros. Los objetivos de la normativa son asegurar a largo plazo la cantidad y calidad del suministro, promover la reducción del consumo, regular la utilización de recursos hídricos alternativos para aquellos usos que no requieren agua potable, fomentar la eficiencia y determinar la gestión eficaz de los recursos hídricos en los instrumentos urbanísticos.
Del mismo modo, persigue fomentar la concienciación y sensibilización ciudadanas sobre el uso racional del agua, aumentar el control sobre el riego público y privado y regular los vertidos al saneamiento municipal y las condiciones del sistema de saneamiento. Los aspectos relacionados con el agua de consumo humano se abordan en el título quinto de la ordenanza, en el que se estipulan las condiciones que deben de reunir las redes e instalaciones, así como las medidas generales de protección frente a la contaminación.
Además, se establece un plan de actuación en el caso de sequía, por el que se fijan medidas como la prohibición del riego de zonas verdes, el lavado de vehículos, el llenado de piscinas, la parada de las fuentes ornamentales y estanques, los cortes temporales del suministro, el incremento temporal de los precios del agua o el límite al consumo y la imposición de multas por superarlo. La norma define lo que denomina "uso incorrecto o negligente" del agua, ya sea de consumo humano o recurso hídrico alternativo, su consumo excesivo o inadecuado y las acciones u omisiones que supongan su pérdida o desperdicio.
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