Guía de la Zona de Baja Emisiones de Málaga: primeras restricciones, multas y calles que la forman

Cámaras y señalización de la Zona de Bajas Emisiones de Málaga. / Carlos Guerrero

La Zona de Baja Emisiones (ZBE) de Málaga ha estrenado sus primeras restricciones, tras cumplir un primer año desde su entrada en vigor el 30 de noviembre del pasado 2024. Los vehículos que no pueden circular en este segundo año son aquellos que no posean etiqueta ambiental y que no estén domiciliados en la capital.

Estas limitaciones se harán de forma escalonada, acordes a las emisiones del vehículo y si estos están empadronados o no en la capital, hasta el tercer año, cuando esta zona esté funcionando completamente.

Mapa de la Zona de Baja Emisiones de Málaga

Las calles de Málaga que formarán parte de la Zona de Bajas Emisiones

En Málaga, la ZBE tiene una de 437 hectáreas, las calles que la formarán son las siguientes:

Cuáles son las multas por circular en la ZBE

Respecto a la cuantía de las multas por circular en la ZBE con vehículos que no cumplan los requisitos recogidos, será considerada una infracción grave y conllevará una sanción de 200 euros.

Las primeras restricciones de circulación son para aquellos vehículos sin etiqueta que no estén domiciliados en la capital. Es decir, que podrán discurrir por esta zona aquellos vehículos que tengan la etiqueta ambiental “CERO”, “ECO” o “C”, los que tengan la etiqueta "B" y estén domiciliados, así como los que no la posean y tengan esta misma característica.

Y a partir del siguiente año, que sería el tercero de la entrada en vigor, podrán circular en la ZBE aquellos vehículos acreditados por la DGT con etiqueta ambiental “CERO”, “ECO” o “C”, los que posean la etiqueta ambiental "B" domiciliados en Málaga, así como los que no posean etiqueta, pero también se encuentren domiciliados.

Vehículos con circulación libre en la ZBE

En su momento también se indicó aquellos vehículos podrán circular libremente por la ZBE, que serán el transporte colectivo regular de viajeros (es decir, autobuses), los Taxis y VTC, aquellos considerados como vehículos históricos y camiones.

En el caso de las furgonetas, podrán circular libremente durante los cuatro primeros años las que posean las etiquetas “CERO”, “ECO”, “C”, “B” y sin etiqueta ambiental. A partir del quinto año podrán circular las furgonetas con etiqueta ambiental “CERO”, “ECO”, “C”, “B” domiciliadas en Málaga y sin etiqueta domiciliadas en Málaga.

Además tendrán acceso, previa comunicación y comprobación automatizada, los siguientes vehículos:

Cómo conseguir las etiquetas ambientales

Una de las preguntas más repetidas desde el anuncio de la puesta en marcha de la ZBE de la capital, fue si las etiquetas ambientales, que indican los vehículos que pueden acceder a este espacio o no, son obligatorias. La concejala responde en el vídeo que no lo son. La entrada a la ZBE cuenta con unas cámaras que leen automáticamente las matrículas de los coches, y estas distinguen si tienen permitido entrar o no.

Aunque pueden conseguirse a través de la propia DGT o en Correos.

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