Iberia rebaja el tope de sus billetes a Andalucía a 99 euros y amplía su flota un 57% tras el accidente de Adamuz
La aerolínea añade vuelos diarios y aviones de mayor capacidad mientras FACUA advierte que están prohibidas las subidas abusivas de precios en catástrofes
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Un día después de comunicar la ampliación de las plazas ofertadas a raíz del accidente ferroviario en Adamuz, Iberia ha anunciado un nuevo refuerzo de su flota aérea, esta vez con un tope al coste del billete. La medida llega después de que los precios se disparasen por la elevada demanda.
Así ha rebajado de los 150 euros establecidos el lunes a 99 euros el precio máximo por trayecto, en clase turista, entre Madrid y Andalucía y ha ampliado el número de asientos que ofrecerá en esas líneas en un 57 %, con 6.316 plazas adicionales desde este martes hasta el domingo. Este tope de precios, señalan, estará vigente, como mínimo, hasta el lunes, 2 de febrero.
Concretamente, la compañía aérea incorpora un vuelo diario más en cada sentido entre Madrid y Sevilla, hasta el domingo, y uno más entre Madrid y Málaga en cada sentido, hasta el viernes. Complementariamente, ha aumentado la capacidad de los aviones que operan la ruta a Sevilla, poniendo a su disposición un Airbus 321, con capacidad de hasta 236 pasajeros, en sustitución del A320 habitual de 220 pasajeros.
"Prohibidas las subidas de precios abusivas en situaciones de catástrofes"
Ante las subidas de precios al transporte alternativo al tren experimentadas a raíz de la cancelación del tráfico total de alta velocidad desde la capital de España hacia Andalucía, FACUA-Consumidores en Acción ha emitido un comunicado advirtiendo a empresas de alquiler de vehículos y a las aerolíneas que está "prohibido aplicar subidas abusivas de precios en sus servicios cuando se producen situaciones de catástrofes".
En este sentido, ha señalado a aquellas empresas que personalizan sus precios de forma automatizada como las aerolíneas o las empresas de alquiler de vehículos. Pues, a raíz de la DANA, el Gobierno aprobó una modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, para fijar que las empresas que personalizan precios de forma automatizada, cuyos contratos se celebran a distancia o fuera del establecimiento comercial, no puedan subirlos en situaciones que puedan calificarse de emergencia de protección civil.
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