Luz verde a la convocatoria de subvenciones para pensionistas y desempleados con residencia en Málaga
Cada beneficiario, que debe estar empadronado en la ciudad, recibirá 200 euros anuales en un pago único
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La junta de gobierno local ha aprobado la sexta convocatoria de subvenciones para personas propietarias de viviendas con escasos recursos económicos. Se trata de una línea de ayudas dirigida a personas pensionistas o desempleadas, empadronadas en Málaga, con la que se persigue favorecer el mantenimiento de la vivienda habitual y que ésta se dote de las condiciones de salubridad, ornato y conservación adecuadas. Para esta edición se destina un millón de euros.
Tal y como recogen las bases, cada beneficiario recibirá 200 euros anuales en un único pago que se realizará, preferentemente, antes del último trimestre de este año. El plazo previsto para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Las solicitudes podrán presentarse a través de medios electrónicos del Consistorio o, de forma presencial, en las Oficinas de Registro, en las distintas Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) o en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (Gestrisam). Además, este año también se habilitará un número de teléfono (951 92 92 92) para ofrecer información y asistencia a las personas interesadas.
Tras las sucesivas convocatorias, el Ayuntamiento dispone de un censo de personas reconocidas como beneficiarias para que puedan mantener su condición tras la revisión del cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria. De este modo, se da continuidad a la iniciativa y se facilita la gestión de las ayudas económicas, de las que en la convocatoria de 2025 se han beneficiado 3.263 personas, con un importe total de 652.600 euros.
Estas mismas personas podrán seguir percibiendo la ayuda si mantienen los requisitos que le otorgaron derecho a ello y al mismo tiempo se incorporarán aquellas otras que así lo soliciten en el plazo que se abrirá para ello.
Con carácter general, el primer requisito para poder optar a esta subvención pasa por tener una vivienda sobre la que se ostente algún derecho de concesión administrativa, superficie, usufructo, propiedad o copropiedad. Además, sólo podrá percibirse una ayuda por cada unidad de convivencia, entendiendo como tal el conjunto de personas que cohabitan en una vivienda y que figuran como empadronadas en la misma.
De igual modo, los ingresos totales de la persona beneficiaria y sus convivientes no pueden exceder el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) anual vigente para 14 pagas multiplicado por 1,7. En el caso de que el solicitante sea un pensionista que reciba la pensión mínima con el complemento del cónyuge a cargo, dicho complemento quedará excluido del cómputo para calcular el límite de sus ingresos.
Asimismo, también quedarán excluidos los ingresos que perciban los pensionistas en situación de dependencia, gran invalidez o situaciones similares para afrontar la asistencia por parte de terceros, así como las prestaciones económicas por dependencia.
Por último, los solicitantes deben tener domiciliados los tributos municipales de IBI y IVTM y, en el caso de las personas desempleadas, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al menos durante seis de los últimos 12 meses previos a la solicitud.
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