Guía para solicitar cita en Málaga para la declaración de la renta de forma presencial
Puede solicitarse desde hoy, de forma telefónica, a través de la web de la Agencia Tributaria o mediante la aplicación
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Quienes quieran presentar la declaración de la renta del ejercicio económico de 2024 pueden solicitar ya su cita para acudir a las oficinas de Hacienda. Los contribuyentes aún tienen más de un mes para presentarla, también a través de la página web o mediante llamada telefónica. A partir del próximo de junio podrán realizarla de forma presencial, siendo el último día para presentarla el 30 de junio.
Cómo solicitar cita para presentar la declaración de forma presencial
Para poder acudir a alguna de las oficinas que tiene Hacienda en Málaga, y así presentar la declaración de la renta, se debe solicitar cita previa. Los contribuyentes pueden pedir su cita entre el 29 de mayo y el 27 de junio. Y podrán acudir a partir del 2 de junio.
Hay tres formas de solicitar la cita previa:
- A través de la web de la Agencia Tributaria, mediante DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve, referencia, datos del DNI o NIE o el eIDAS.
- En la aplicación de la Agencia Tributaria (AEAT).
- Telefónicamente, llamando al 91 553 00 71 o 901 22 33 44 de lunes a viernes en horario de 9:00 a 19:00.
Documentos necesarios para presentar la declaración en oficina
Una vez el contribuyente tenga su cita para acudir a una oficina de Hacienda y realizar la declaración de la renta, debe preparar los siguientes documentos para llevarlos a la cita:
- DNI original del titular que acude y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de la cuenta bancaria del contribuyente.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias (recibo del IBI).
- Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI (miembros de la unidad familiar o terceros) para realizar y presentar la declaración en su nombre.
- Así como cualquier otro justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otros beneficios fiscales. Por ejemplo, si se vive de alquiler, es necesario el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler; los justificantes de donativos o los recibos de seguro de la hipoteca, entre otros.
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