Una quincena de lugares cumplen los requisitos de la Iglesia para las cenizas

Sociedad

Cofradías, iglesias y el cementerio de la capital albergan espacios específicos para su depósito.

Una monja limpia ayer un nicho en el cementerio de San Gabriel.
J. L. Pérez · V. R. Bayona Málaga

26 de octubre 2016 - 01:00

La publicación de una Instrucción de la Iglesia Católica acerca de la prohibición a sus fieles de esparcir las cenizas de los difuntos o conservarlas en lugares que no sean sagrados tiene también sus efectos en la ciudad de Málaga. La firma del papa Francisco de Ad Resurgendum Cum Christo, un documento que actualiza el vigente de 1963, muestra su conformidad con las cremaciones pero rechaza el uso de algunas prácticas "inconvenientes o supersticiosas". ¿De qué modo, entonces, puede cumplirse con estos preceptos?

La realidad de los sepelios en la capital facilita esta práctica evitando que así se incumpla el mandato de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, por tanto, se le pueda negar al fiel la realización de unas exequias. Diversos templos de la ciudad y hasta 14 hermandades de Pasión cuentan con columbarios propios donde dar sepultura a los difuntos, además del cementerio de San Gabriel (Parcemasa).

Templos como San Juan o la parroquia del Carmen cuentan con nichos para el enterramiento de sus fieles y cuantas personas adquieran un columbario. La primera iglesia incorporó un espacio junto a la capilla sacramental tras su reforma entre los años 2005 y 2009. Con ello se pretendía sumar beneficios para acometer los gastos que originó la rehabilitación. La segunda de ellas alberga en la nave del Evangelio un pequeño espacio para este fin.

Sin embargo, otros templos dejaron de poner en práctica los enterramientos en sus naves desde que el rey Carlos III decretase la prohibición de realizar esta práctica en el siglo XVIII dentro de las ciudades. Iglesias como San Agustín, San Felipe Neri, Santiago, San Lázaro o San Julián cuentan con criptas originales ya vacías, a las que se suma la realizada por los condes de Buenavista en el Santuario de la Victoria.

Actualmente hasta 14 corporaciones nazarenas cuentan con columbarios en sus templos o casas hermandad. El origen de muchas corporaciones surge, de hecho, como modo de apoyo al enterramiento de sus hermanos en el siglo XVI y algunas de ellas cuentan incluso con nichos en el cementerio histórico de San Miguel.

Así, dentro de las dependencias administrativas albergan estos espacios las hermandades de Salud, Rocío, Nueva Esperanza y Sepulcro, a las que se sumará la cofradía del Descendimiento una vez inaugure sus nuevas instalaciones en el Hospital Noble. En el interior de sus propios templos incluyen nichos para el enterramiento de hermanos las cofradías de Huerto, Pasión, Estudiantes, Cautivo, Expiración, Mena y Esperanza. Monte Calvario cuenta con amplio espacio en su ermita, mientras Penas y Paloma incluyen dos espacios para el descanso eterno en el oratorio de Santa María Reina y la capilla de la plaza de San Francisco.

Los donativos de adquisición dependen de cada hermandad, que ofertan esencialmente esta modalidad de enterramiento a perpetuidad. Los precios oscilan entre los 1.200 euros en la iglesia del Santo Cristo de la Salud, sede canónica de la cofradía de Estudiantes, a los 4.000 en las dependencias de la Congregación de Mena.

En Parcemasa los antiguos osarios -lugar de depósito de los huesos de las sepulturas- fueron reconvertidos en osarios-columbarios, por lo que la necrópolis se permite albergar la concesión de uno de estos espacios para restos o para cenizas de los seres queridos.

La normativa vigente permite esparcir las cenizas en la naturaleza

Esparcir las cenizas de los difuntos en la naturaleza es una práctica permitida según la normativa estatal vigente. Los servicios funerarios los regula el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la única apreciación que hace sobre la dispersión de los restos cremados de un fallecido es sobre vías y parques públicos, lugares donde está totalmente prohibido hacerlo junto con la urna. En todo caso hay que tener en cuenta las ordenanzas autonómicas y municipales que pueden regular llegar a regular esta práctica. El reglamento andaluz al respecto -Reglamento de Policía Sanatoria Mortuaria- contempla únicamente al respecto en su artículo 22 que "el transporte o depósito de las cenizas resultantes de la cremación de un cadáver no está sujeto a ninguna exigencia". Y el Ayuntamiento de la capital no contempla apreciación alguna respeto a lugares permitidos o prohibidos, lo que da libertad casi total de actuación. La normativa tanto autonómica como local sí que contempla la obligación de albergar una zona de tierra para el esparcimiento de cenizas , disponible en la capital en el cementerio de San Gabriel (Parcemasa). Además, Parcemasa inició hace unos años la construcción del Jardín del Recuerdo que permite la entierro de las cenizas y la plantación de un árbol en su lugar, según recuerdan desde el Parque Cementerio de Málaga. En los ayuntamientos donde se ha llegado a regular este tipo de práctica se ha debido a que se han generado problemas ante la acumulación en un mismo espacio de cenizas y de los homenajes florales que conllevan.

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