Estos son los nuevos límites económicos para optar al IMV en 2025
Las personas que quieran solicitar el Ingreso Mínimo Vital pueden hacerlo de forma telemática o presencialmente
Requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital este 2025

El Gobierno ha cambiado el límite económico para poder optar al Ingreso Mínimo Vital (IMV) en este 2025. Según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social en 2024, el IMV benefició a 2.050.000 personas. El objetivo principal de esta prestación es la de "asegurar la inclusión social y laboral de los beneficiarios".
Para establecer el límite para la obtención de esta ayuda, se resta la "renta garantizada" a los ingresos o rentas que obtenga la persona beneficiaria a lo largo del año. En Andalucía es la Renta Mínima de Inserción Social (RMISA) y supone una cantidad anual dividida en 12 pagas, en este 2025 ha subido un 9 %, y por ello los límites para optar al IMV han cambiado.
Cuándo se puede cobrar el IMV
Para optar al IMV, la persona no debe superar unos límites de renta anual, que se establecen restando la Renta Mínima de Inserción Social a la renta o ingresos que se obtengan en un año. En este 2025 serían los siguientes:
- En el caso de una única persona, sería una renta anual de 7.905,72 euros, lo que equivaldría a 658,81 euros al mes.
- Por cada miembro familiar incrementa en un 30%, hasta un máximo de cinco. En el caso de dos personas, sería de 10.277,52 euros anuales, 856,46 euros al mes. El límite máximo ascienda a 17.392,68 euros anuales, 1.449,39 euros al mes.
Por lo tanto, solo se puede acceder al IMV si estos ingresos son inferiores a la renta garantizada, y la cantidad recibida será la necesaria para que el beneficiario alcance este umbral económico. En el caso de las unidades de convivencia, se considerarán los ingresos de todos sus miembros.
Complementos por paternidad o discapacidad
A estos valores, se añaden ciertos complementos, que aumentarían el IMV. En el caso de discapacidad (de un grado igual o superior al 65%), subiría hasta los 9.645 euros, 803,75 al mes, por una persona. El máximo en la unidad familiar (5 personas) sería de 19.131,96 euros anuales, 1.594,33 mensuales.
También hay un complemento por monoparentalidad, que para un núcleo de dos (el padre y el hijo) el IMV sería de 12.016,80 euros, 1.001,40 euros al mes. En el caso de que una unidad familiar tenga ambos casos (situación de monoparentalidad y discapacidad), sería de 13.756,08 euros anuales, 1.146,34 euros mensuales.
Además, también hay un complemento mensual de ayuda a la infancia, que se sumaría por cada menor miembro de la unidad de convivencia:
- Menores de 3 años, 115 euros.
- Mayores de 3 y menores de 6, 80,50 euros.
- Mayores de seis y menores de 18, 57,50 euros.
¿Quiénes pueden pedir el IMV?
A esta ayuda se puede optar de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. Sobre estas últimas, las forman un grupo de personas que residan en el mismo domicilio, y tengan entre sí una unión matrimonial, sean pareja de hecho o tengan un vínculo de hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
Pueden beneficiarse de forma individual, del IMV las personas de al menos 23 años, que no formen parte de una unidad de convivencia. El requisito de edad no se aplica en ciertos casos, como en mujeres víctimas de violencia de género o trata de personas o para quienes provengan de centros de protección de menores o sean huérfanos.
En el caso de una unidad de convivencia, también deben tener al menos 23 años. En el caso de personas más jóvenes, incluso menores, que estén emancipados que tengan a su cargo hijos, también pueden solicitarlo.
En ambos casos existen requisitos más concretos, que están detallados en la web informativa de la Seguridad Social sobre el IMV.
Cómo solicitar el IMV
El Ingreso Mínimo Vital puede solicitarse tanto de forma telemática como presencial:
- A través de internet, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, usando el certificado electrónico o Cl@ave o rellenando un formulario habilitado por la Seguridad Social.
- Y de forma presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social. En la provincia de Málaga existen 12 oficinas a los que poder acudir.
El IMV se introdujo en 2020 por Real Decreto-ley, y en diciembre de 2021 se consolidó en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
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