Rebajan la pena de prisión de 14 a 9 años a un hombre que agredió sexualmente a una menor en Álora
Además se le ha impuesto una orden de alejamiento y tendrá 15 años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión en contactos con niños
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 14 a 9 años y un día de prisión la condena a un hombre por delito continuado de agresión sexual a una menor en Álora al anular la sentencia anterior que lo condenaba por tres delitos distintos.
La resolución, a la que ha tenido acceso EFE y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, estima parcialmente la apelación interpuesta por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, que lo había condenado por dos delitos de abusos sexuales a una menor y uno de agresión sexual a menor de 16 años.
Ahora, el TSJ considera que esos tres hechos se deben agrupar como un delito de agresión sexual continuado y por ello rebaja la condena.
El fallo establece además la prohibición de aproximarse a la menor, a su domicilio o lugar de trabajo a una distancia inferior a 200 metros, así como comunicar con ella por cualquier medio durante doce años.
También se le condena a 15 años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y se mantienen los pronunciamientos de la sentencia recurrida de imposición de la medida de libertad vigilada, responsabilidad civil y costas.
Según la sentencia de la Audiencia, en febrero y abril de 2020, el acusado abusó en dos ocasiones de una niña de 14 años mediante tocamientos, pero en noviembre o diciembre de ese mismo año fue más allá y le introdujo un dedo en su vagina haciéndole daño.
Tras ello, la menor desarrolló un trastorno de estrés postraumático agudo que precisó seguimiento por la Unidad de Salud Mental y una afectación importante en su ingesta alimentaria con importante pérdida de peso, por lo que tuvo un tratamiento farmacológico con ansiolíticos y antidepresivos que necesitó para su curación o estabilización lesional de período de 90 días, 60 de ellos impeditivos.
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