Málaga

El TSJA anula la norma que impide instalar tanatorios fuera de Parcemasa

  • Falla a favor de la Asociación Provincial de Funerarias, que denuncia el "monopolio" del Ayuntamiento · Los servicios municipales recurrirán la decisión ante el Tribunal Supremo

El sector de las empresas funerarias en Málaga capital está de enhorabuena. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de fallar en contra de la limitación que en los últimos años viene imponiendo el Ayuntamiento de la ciudad sobre este colectivo, al que ha impedido hasta el momento la posibilidad de implantar crematorios y tanatorios fuera de las instalaciones actuales del parque cementerio, que es de gestión municipal. Este hecho ha ocasionado que buena parte de los servicios relacionados con la muerte hayan formado parte de un monopolio de facto encabezado por el propio Consistorio.

En concreto, la sentencia dictada por el Alto Tribunal, a la que tuvo acceso este periódico, atiende plenamente la demanda interpuesta por la Asociación Provincial de Funerarias y Pompas Fúnebres, que integra a 14 firmas, en contra del artículo de la ordenanza en el que se constata esta limitación de acción, el número 15, que dice textualmente: "Los crematorios y tanatorios deberán instalarse necesariamente en el recinto de un cementerio". Hasta ahora, porque lo que hace justamente esta resolución es anular el contenido del citado apartado, aunque cabe posibilidad de presentar recurso ante el Tribunal Supremo, un derecho que ejercerá el equipo de gobierno del PP.

La decisión judicial fue valorada ayer por el presidente del colectivo de funerarias, José Francisco Pérez Cano, quien subrayó que esta determinación va a posibilitar una mejora sustancial en la atención a los ciudadanos, por cuanto podrá aumentar la oferta disponible en este tipo de servicios. "El artículo de la ordenanza municipal atenta contra el libre mercado y genera un monopolio municipal en esta materia", denunció.

En la misma línea se pronunció el abogado que ha representado al colectivo en este contencioso, Manuel Narváez, quien consideró que desde un punto de vista jurídico en Málaga "las empresas privadas podrán instalar tanatorios, cosa que no era posible de acuerdo con la ordenanza. Es algo que se puede hacer en cualquier ciudad de España pero no aquí".

De hecho, según Pérez Cano, el escenario que dibuja el fallo del TSJA es completamente distinto. "Abre el mercado a mejores precios, a una mayor calidad y a unos servicios más adecuados que los actuales", declaró. En el contexto actual, según explicó, es el Consistorio el que fija las tarifas, sin posibilidad alguna de competencia. "Si ahora en Parcemasa se cobra por una sala 300 euros, por ejemplo, o 600 por una cremación, con la anulación del artículo los usuarios van a tener muchas más opciones", insistió, y agregó: "No tiene sentido que en Antequera haya cuatro tanatorios y en Málaga sólo uno".

El presidente de la asociación admitió la existencia de varias firmas importantes a nivel nacional interesadas en la construcción de tanatorios. Aunque apostilló que probablemente, una vez determinado el fallo del TSJA, podrían ejecutarse dos instalaciones de este tipo, entre otros motivos, porque cada una de ellas puede suponer un coste próximo a los 12 millones de euros.

En este sentido, cabe destacar que es igualmente el Ayuntamiento el que tendrá en su mano la autorización de tales equipamientos, por cuanto deberán respetar, como mínimo, una serie de exigencias urbanísticas. Una herramienta que las empresas del sector creen que podría utilizar el Consistorio para dificultar el desarrollo real de la actividad.

Por parte del Ayuntamiento, que aprobó en Pleno la polémica ordenanza el 25 de octubre de 2002, fuentes oficiales informaron de que los servicios jurídicos municipales ya han anunciado su decisión de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Este procedimiento podría dilatar cualquier decisión definitiva sobre este contencioso varios años.

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