Absuelven al profesor de Alhaurín de la Torre investigado por supuestos abusos sexuales a alumnas

El docente denuncia "acoso a consecuencia del juicio" y ha acudido a la Guardia Civil tras haber recibido "amenazas"

El profesor investigado por abusos siguió dando clases cuatro años pese a la prohibición de comunicarse on line con menores

Ciudad de la Justicia. / Javier Albiñana

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto al profesor de Alhaurín de la Torre que estaba siendo investigado tras la denuncia presentada por dos alumnas suyas por supuestos abusos sexuales que habrían ocurrido cuando eran menores de edad. Si bien el docente reconoció durante su declaración que mantuvo relaciones con ellas, el tribunal entiende que "no existe ninguna corroboración indudable de que se valiera de una situación de superioridad manifiesta que creara un ambiente de opresión, coartamiento o eliminación de la libertad de conducirse sexualmente". No se considera probado tampoco que abusara de su condición de profesor y de la diferencia de edad con las denunciantes, según se desprende de la sentencia absolutoria, a la que ha tenido acceso este periódico. Se acuerda, además, el "levantamiento de todas las medidas personales y reales o patrimoniales que hubiesen sido acordadas".

El fallo recoge que no ha quedado acreditado que el procesado "haya incurrido en los delitos que se le imputan mediante la realización de los hechos por los que se ha producido la acusación en los delitos que se le imputan". Y ello se justifica en que el resultado de la prueba practicada "no ha producido en el ánimo de los miembros del tribunal la inequívoca convicción de que su comportamiento sea constitutivo del delito".

El abogado Manuel Alarcón, coordinador del área penal del bufete Martínez-Echevarría, que asumió la defensa del profesor, resaltó ayer en declaraciones a este periódico que “incluso los testigos de cargo vienen a refrendar que en ningún momento hubo abusos, ni como profesor ni como persona mayor”. "No queda duda ninguna de que no se aprovechó de ellas", apostilla Alarcón, que considera que, con el fallo absolutorio dictado por la Audiencia, "se recupera la honorabilidad" de su defendido. Recuerda, además, que el Ministerio Fiscal ya ratificó en el acto del juicio su petición absolutoria inicial contenida en el escrito de calificación del 29 de mayo de 2024.

Durante la vista oral, celebrada el pasado mes de septiembre, el docente afirmó que mantuvo relaciones con una de sus estudiantes, cuando todavía lo era, y con otra, un par de meses después de que dejara de serlo. A ambas, que entonces tenían 17 años, les había confesado -a través de un e-mail y mediante redes sociales- que se había “enamorado” de ellas. Y a ello alude el escrito judicial: "El procesado ha admitido y reconocido, en todo momento, la realidad y producción de todos los hechos y momentos de carácter sensual y sexual mantenidos con las denunciantes, así como la realidad y contenido de los mensajes, correos y misivas que obran en las actuaciones...".

"Ha pasado un calvario"

Una vez concluyó el juicio, en palabras del abogado, el profesor sufrió “acoso en redes sociales” y también “amenazas”, que ha denunciado ante la Guardia Civil para que se depuren responsabilidades. "Ha pasado un calvario", asevera.

La investigación dio comienzo en agosto de 2021 tras una denuncia de la asociación Redime -que lucha contra los abusos sexuales en la infancia- en la que se hacía constar al Grupo de Menores (Grume) de la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Comisaría de Policía de Málaga que cuatro mujeres denunciaban un presunto delito de abuso sexual de un docente a varias alumnas cuando aún no habían alcanzado éstas la mayoría de edad.

Tras las primeras pesquisas, el profesor fue detenido y, después, quedó en libertad provisional, pero con la prohibición de contactar con menores a través de redes sociales. El trabajador continuaba ejerciendo el cargo de director de un centro educativo de Alhaurín de la Torre. Hasta finales de septiembre, cuando Educación ordenó suspenderlo de funciones como medida cautelar.

El "quid de la cuestión", según el fallo, era determinar si en el comportamiento del investigado "concurrió una situación de superioridad manifiesta que coartara, limitara o anulara la libertad de decisión sexual" de las dos estudiantes. Tanto la doctrina como la jurisprudencia del Tribunal Supremo han mantenido históricamente que el prevalimiento debe entenderse como "cualquier estado o situación que otorga al sujeto activo una posición privilegiada respecto del sujeto pasivo de la que el primero no solamente se aprovecha", sino que es consciente de que le confiere una situación de superioridad para abusar sexualmente de la víctima, quien de esta forma "no presta su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado y presionado por tal situación".

La clave, asimismo, es que entre ambos sujetos "exista una relación de superioridad de entidad suficiente" que "impida" a la denunciante actuar según las pautas derivadas del ejercicio de su derecho de autodeterminación". No resulta "suficiente" con quedarse con las características de la conducta del procesado, sino que es "necesario relacionarlas con las circunstancias de todo tipo que rodean su acción y resultando preciso que exista una situación, de superioridad privilegiada, que de algún modo presione a la víctima y que pueda debilitar su voluntad". Y ello "sin que sea determinante una notable diferencia de edad que haya de llevar automáticamente al entendimiento de que la víctima menor de la edad legalmente determinada o, incluso, mayor de edad no se encontraba en condiciones de prestar libremente su consentimiento para mantener relaciones sexuales".

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