Los pisos en alquiler de corta duración en Málaga tendrán que estar registrados a partir de este 1 de julio

Esta normativa se encuentra recogida en el Reglamento 2024/1028 del Parlamento Europeo y en el Real Decreto 1312/2024

La propuesta para los minipisos en Málaga: 24 parcelas, más de 1.500 viviendas y por 10 euros el metro cuadrado

Vista de viviendas del centro de Málaga capital. / Javier Albiñana

El próximo 1 de julio comenzará a funcionar en Málaga, así como en toda España, la normativa europea que regula los alquileres de corta duración, correspondiente al alquiler turístico o de temporada. Con esto se pone en marcha un registro único telemático en el que los pisos o estancias de estas características deben estar inscritas. Una vez registradas, se les dará un código que los arrendadores deben incluir en los anuncios de dichos inmuebles. Esta normativa se encuentra recogida en el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 y el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre.

Queda estipulado en el artículo 3 del Real Decreto 1312/2024 que el código de registro será obligatorio incluirlo en las viviendas que se arrenden, por un periodo corto, en plataformas donde puede formalizarse el contrato de alquiler o el pago del mismo. En aquellos casos en los que solo se muestre el anuncio de la vivienda, pero no permita realizar las acciones anteriormente señaladas, no será necesario incluirle dicho número de registro. Por ejemplo, las plataformas como Booking, Rentalia o Airbnb, desde donde puede pagarse y formalizar el alquiler, las viviendas deberán anunciarse con el número de registro.

Para llevar a cabo este proceso, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha puesto en marcha el Registro Único de Arrendamientos. Este proceso se realiza a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, completando una serie de datos de la vivienda y de la persona que lo alquila. Según ha anunciado el Ministerio, España se convierte en el primer país que pone en arrancar el Reglamento Europeo de información en materia de alquileres de corta duración.

Cómo registrar una vivienda de alquiler de corta duración

Quienes deban registrar sus viviendas, pueden hacerlo a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.

Complementando un formulario web online con datos del inmueble y del arrendador, así como adjuntando la documentación que requiera el Colegio de Registradores. Una vez cumplimentado se le dará a la vivienda un número de registro, que debe incluirse en las descripciones de la vivienda en las plataformas indicadas anteriormente y siguiendo la normativa.

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