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El ‘tirón de orejas’ del TSJA a la Junta por la depuradora de Málaga en la Vega de Mestanza

La sentencia que paraliza las obras señala que la ubicación estaba ya “predeterminada por motivos económicos” antes del estudio ambiental

Los motivos de la Junta para situar la EDAR Norte de Málaga en la Vega de Mestanza

Vecinos impiden la entrada de la maquinaria en la Vega de Mestanza. / Javier Albiñana

La polémica ubicación de la depuradora Norte de Málaga en la Vega de Mestanza estaba “predeterminada por motivos económicos” antes incluso de encargar el informe medioambiental que debía avalar el proyecto. Es la principal conclusión que se extrae de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obligó a paralizar las obras cuando apenas habían arrancado. El fallo del Alto Tribunal andaluz, al que ha tenido acceso este periódico, supone un tirón de orejas para el Gobierno de la Junta, al que afea que no se hiciera un estudio de las alternativas posibles para la instalación de esta infraestructura, clave para tratar las aguas residuales que ahora se vierten al río Guadalhorce, procedentes de cinco municipios y 250.000 personas. Es más, el TSJA cuestiona que el informe medioambiental “parece ir dirigido a justificar una ubicación predeterminada por motivos económicos”.

Así, lo primero que se reprocha en la sentencia –que estima el recurso de la Asociación de Vecinos Mestanza y Lomas de Cantarranas– tiene que ver con el estudio de impacto ambiental de la parcela en la que se pretende la construcción de la EDAR. Aquí, el TSJA afirma que según lo establecido tanto en la ley estatal 21/2013 como en la autonómica 7/2007 dicho informe “debió de completarse con un estudio de las alternativas posibles para instalación de la depuradora” a fin de determinar si esas otra localizaciones “presentan desde el punto medioambiental más o menos inconvenientes”.

El fallo del juez va un paso más allá cuando subraya que, en el caso de la Vega de Mestanza, dicho estudio de alternativas “debió de extremarse” por el “alto valor ecológico” de la Vega que, según recuerda, “ha sido nombrada oficialmente como parte del Corredor Biológico Mundial, pasando a ser un punto estratégico del mismo, al ser elegido como Kilómetro Cero del Sur de Europa del Corredor Biológico Mundial”.

Según detalla el TSJA, entre las cuatro alternativas propuestas la Junta eligió la Vega de Mestanza “por razones económicas relativas al coste de las obras”, cuando según la ley “lo que prima es la protección del medio ambiente”. “Es la más económica, tanto por la longitud de los colectores como por la expropiación para la ejecución de los mismos”, señala la sentencia, que insiste en que “no solo no han sido objeto de un estudio medioambiental, sino que se ha limitado a desecharlas por razones ajenas a dicha materia”.

El Tribunal reconoce que las razones económicas pueden ser “decisivas” para la elección de una ubicación concreta “en algún supuesto singular”, pero añade que “ello únicamente sería procedente cuando todas las alternativas desde el punto de vista medioambiental tuviesen las mismas características, pero no cuando se desestiman las alternativas por razones económicas y una vez desestimadas se procede a hacer un estudio de impacto medioambiental de las alterativa elegida”. Al haber actuado así, dice la sentencia, “el informe medioambiental parece ir dirigido a justificar una ubicación predeterminada por motivos económicos, entre ellos el que sea punto de confluencia de los distintos colectores”.

Tras el fallo, la Junta alertó de las consecuencias de paralizar las obras. “No hay mayor afectación que verter aguas sin depurar al río Guadalhorce”, dijo la portavoz del Gobierno andaluz, Carolina España, que también aludió al coste económico de esta decisión, al tener que serguir pagando 1,3 millones de euros al año por no poder cumplir la normativa comunitaria sobre depuración.

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