Movilidad

Marbella restringe la velocidad y el uso de los patinetes eléctricos

  • Solo podrán circular por carriles bicis y sendas ciclables hasta 10 kilómetros por hora

Marbella restringe la velocidad y el uso de los patinetes eléctricos

Marbella restringe la velocidad y el uso de los patinetes eléctricos

Los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, como los segways, solo podrán circular por carriles bicis y sendas ciclables a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora. Además, está prohibido transitar por la zona de mármol del paseo marítimo durante los meses de verano y únicamente podrán desplazarse por los tramos de albero, ciclables o de rodadura, norma que se hace extensible a las bicicletas, patines y monopatines. Así lo establece la nueva regulación del Ayuntamiento de Marbella, que ha emitido tres nuevos bandos sobre la ordenación de la circulación de estos vehículos en la localidad mientras se elabora la nueva ordenanza de movilidad en la que se recogerán todas estas cuestiones.

“El objetivo es poner en marcha un paquete de medidas para reducir el impacto negativo que puede tener en la ciudad la circulación de los vehículos eléctricos”, señaló el concejal de Seguridad Ciudadana, José Eduardo Díaz, que estuvo acompañado del edil de Tráfico, José Eduardo Díaz; el jefe de la Policía Local, Javier Martín; y el asesor de Tráfico, Baldomero León.

Y es que aunque Marbella no sufre aún un problema de masificación de los patinetes eléctricos en sus calles y aceras como sí ocurre en la capital, pues no dispone de servicios de alquiler de estos vehículos, la ciudad no es exenta de este fenómeno que cada vez utilizan más usuarios como una alternativa de transporte. Por ello, se han emitido tres bandos.

El primero de ellos para regular la circulación de los peatones, ciclos y vehículos de movilidad personal, clasificados en cinco categorías (A, B, C0, C1 y C2) en función de sus características, en la zona de mármol del paseo marítimo, reservando este espacio para uso exclusivo de los viandantes entre los meses de julio y septiembre.

Está prohibido circular por el mármol del paseo marítimo hasta el mes de septiembre

El segundo regula la circulación de bicicletas y los vehículos de movilidad personal de clase A y B en la zona peatonal del paseo marítimo, posibilitando su uso únicamente en aquellos espacios delimitados como senda ciclable siempre que cumplan con una serie de normas como ceder el paso en todo momento a los viandantes, circular a un máximo de 10 kilómetros por hora y por la derecha, y no circular en zig-zag, de forma temeraria o negligente.

Por último, el tercer bando regula el tránsito de estos vehículos por las vías abiertas al tráfico, prohibiendo la circulación de los mismos por arcenes, aceras, islas, andenes y zonas peatonales, así como por la calzada, al no estar expresamente autorizados por el Ayuntamiento. Igualmente, no se permite el tránsito de los ciclos de dos ruedas que se utilizan para uso personal, así como de aquellos de más de dos ruedas que se utilizan para el transporte de personas y de mercancías (las categorías C0, C1 y C2) para el transporte urbano de mercancías y viajeros por carecer los mismos de visado de transporte y los conductores de la capacitación profesional para dichas actividades

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios