España

El Supremo ve indicios de delito contra Garzón por las escuchas del 'caso Gürtel'

  • El alto tribunal cree que pudo prevaricar y violar las garantías constitucionales de los cabecillas de la trama al intervenir las conversaciones con sus abogados.

El Tribunal Supremo ha visto indicios de que el juez suspendido de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, cometió delitos de prevaricación y de "uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales" al intervenir conversaciones mantenidas por los presuntos cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados en prisión.

Barreiro ha dictado este miércoles un auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, lo que implica que da por finalizada la instrucción de esta causa. Así, rechaza sobreseer el caso y da diez a las partes para que se pronuncien sobre si desean solicitar la apertura de juicio oral contra el juez suspendido.

Horas antes de que el instructor de la causa notificara este auto a la defensa, el abogado de Garzón en este asunto, Francisco Baena, había remitido al Tribunal Supremo un escrito en el que solicitaba a Jorge Barreiro la realización de determinadas diligencias su descargo. Entre ellas que llame a declarar como testigo al magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, que es quien actualmente investiga la trama corrupta.

A lo largo del auto, Jorge Barreiro carga duramente contra el juez suspendido de la Audiencia Nacional y asegura que Garzón, al permitir las escuchas, lesionó  "uno de los principios básicos del sistema penal, retrotrayéndonos a un estatus procesal anterior al Estado de Derecho". 

En este sentido, según indicó Barreiro, el juez suspendido aplicó la medida de intervenir las comunicaciones "en unos términos tan categóricos y omnímodos que vacían de contenido el derecho de la defensa y otros derechos fundamentales de unos imputados que se hallan en prisión preventiva". Sin embargo, para la defensa de Garzón, el testimonio de Pedreira es importante para "valorar la corrección o incorrección del reproche penal" que se ha formulado contra él.

Los policías, los grandes testigos

La defensa del juez también solicita la declaración de los funcionarios policiales y jefes de la investigación de la trama Gürtel. La labor de estos policías dio origen a la incoación de diligencias contra los integrantes de la misma en la Audiencia Nacional, hasta que en marzo del año 2005, Garzón se inhibió en favor del TSJM. 

Asímismo, Baena quiere que acudan al Supremo todos aquellos comisarios e inspectores que "tuvieron relación con la solicitud de práctica de la observación de las comunicaciones orales de todo orden y naturaleza de los imputados en situación de prisión en dicho procedimiento, a fin de que ilustren a la instrucción y a las partes sobre las razones que justificaron su petición".

En esta línea, pide que se cite en calidad de testigo al querellante inicial, Ignacio Peláez que fue fiscal de la Audiencia Nacional y actualmente defiende al constructor José Luis Ulibarri, imputado en el caso Gürtel. Una vez practicados todos estos testimonios, Garzón solicita poder volver a declarar en esta causa.

Garzón pide que se le devuelvan los documentos

Además, Garzón solicita al instructor del Supremo que le sean remitidos determinados documentos aportados a la causa "con el fin de poder tomar conocimiento y estudiar con el necesario detenimiento las diligencias de naturaleza documental que se vienen practicando".

Para el juez suspendido, es fundamental que se solicite a la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJM testimonio de todas las actuaciones practicadas por Pedreira en el caso Gürtel entre el 20 de abril de 2009 hasta el pasado 29 de septiembre. 

El conocimiento de estas diligencias, según el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, pondrá de relieve "elementos esenciales que tienen directa incidencia a la hora de valorar los hechos que infundadamente se reprochan" a Garzón en la causa.

Igualmente, pide a Jorge Barreiro que reclame a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que, con referencia a los últimos cinco años, le remita todas las sentencias "que hayan anulado resoluciones judiciales por las que se hubieran acordado la observación de las comunicaciones orales de todo orden y naturaleza".

Todas estas peticiones coinciden con la notificación, este miércoles, del auto dictado por el instructor de la causa, que da por finalizada la instrucción y da diez días a las partes para que soliciten, si es el caso, la apertura de juicio oral contra Baltasar Garzón.

Abogados como "elementos de autoinculpación"

El instructor del Tribunal Supremo, afirma que al juez Garzón le resultó "indiferente" que los abogados que asistían a los cabecillas de la Gürtel estuvieran o no incriminados en la causa y convirtió las conversaciones de los abogados con sus letrados "en eficaces instrumentos para la autoinculpación" en una decisión "más bien insólita".  

Si el juez de la Audiencia Nacional hubiera decidido incomunicar a los tres presos su defensa hubiera tenido una mayor eficacia, tal y como explica el auto del Supremo, ya que "al menos no se autoincriminarían, ni aportarían fuentes de prueba en contra de sus propios intereses procesales".

Son dos los autos de Garzón dictados en la investigación sobre la trama de la Gürtel los que analiza el alto tribunal. En el primero de ellos, fechado el 19 de febrero del pasado año, el juez Baltasar Garzón acordaba la intervención de las conversaciones tanto orales como escritas de los imputados Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez mientras se encontraban encarcelados en la prisión de Soto del Real (Madrid). Especificaba en la parte dispositiva que se observaran las comunicaciones personales que mantuvieran los presos con los letrados personados en la causa. 

Meses después, el entonces juez central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, acordó en otro auto la prórroga de las escuchas con razonamientos jurídicos "literalmente" iguales a los planteados en la primera ocasión, especifica el auto, que tacha la redacción de estas dos resoluciones como "inconstitucional" y destaca que al menos cuatro de estos abogados no tenían relación alguna con la trama ni constaba en su contra "indicio incriminatorio ni sospecha fundada alguna". 

El juez "amputó" un derecho fundamental

Jorge Barreiro se refiere también en su auto a la nulidad de las escuchas ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y considera que esta medida no es en ningún caso suficiente dado que la decisión de Garzón "amputó" un derecho fundamental.

Para el magistrado del alto tribunal, alguna con la trama no sólo "destruye los pilares del Estado de Derecho" sino que tiene efectos que superan el caso concreto y "afectan también a las estructuras básicas del proceso penal".

"Ningún preso preventivo, ni ningún letrado tendrían a partir de ahora, cuando conversan en un locutorio la más mínima garantía de que sus conversaciones no fueran escuchadas", ha defendido el instructor de la causa para referirse a que las prácticas que ha hecho el juez Garzón fueran permitidas.

En esta tesitura, asegura que "el querellado sabía que estaba cercenando de forma excepcionalmente gravosa importantes derechos fundamentales de los tres imputados y pese a ello, ordenó la observación y grabación de las conversaciones", ha añadido en relación al delito de uso de artificios de escucha y grabación. 

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