Málaga

Málaga aprueba el plan de ayudas a bares y comercios afectados por la crisis del Covid

  • La iniciativa cuenta con un fondo de 5 millones de euros y la aportación máxima será de 3.000 euros 

  • Tendrán que demostrar una bajada de su facturación de al menos el 30%

Terraza de varios negocios de hostelería en la Plaza de la  Merced.

Terraza de varios negocios de hostelería en la Plaza de la Merced. / Javier Albiñana

El Ayuntamiento de Málaga deja lista para su publicación la convocatoria de ayudas por valor de 5 millones para el sector de la hostelería y el comercio de la capital. La Junta de Gobierno Local ha aprobado este viernes las bases y la convocatoria extraordinaria de este plan de apoyo, dando de este modo el último paso previo a su activación. Con esta iniciativa, anunciada semanas atrás por el alcalde, Francisco de la Torre, se busca contribuir a minimizar los efectos económicos que sobre el tejido empresarial está teniendo la actual crisis sanitaria del Covid. 

Y con ello se pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones empresariales y el mantenimiento de la actividad y el empleo de los autónomos y pequeñas y medianas empresas de ambos sectores. Las bases que ahora ven la luz han sido objeto de negociación con la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM), la Cámara de Comercio, la principal asociación de hostelería, MAHOS, centros comerciales abiertos y otros colectivos del pequeño comercio de la ciudad.

En este sentido, se ha decidido que la ayuda máxima alcance los 3.000 euros, a abonar en un único pago por importe. Los beneficiarios tendrán que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos está el de demostrar una reducción en la facturación. En este sentido, las bases fijan una horquilla de la subvención en función de estas pérdidas. En el supuesto de que el peticionario constate una reducción de entre el 30% y menos de un 40%, la ayuda será de 2.000 euros. La cuantía crecerá hasta los 2.500 euros si la caída de la facturación se encuentra entre el 40% y el 60%, y será de 3.000 euros si este porcentaje es superior al 60%.

Se detalla que una misma persona, física o jurídica, tan sólo podrá percibir una ayuda de la cuantía anteriormente señalada y con los límites antes expresados, por cada uno de los establecimientos de los que sea titular en este municipio, y ello con independencia de que pudiera  desarrollar en éstos distintas actividades.

Las ayudas son compatibles con la percepción por el beneficiario de cualquier otra subvención, ingresos o recursos procedentes de cualquier Administración o entidad, pública o privada, que se dirija a la misma finalidad y sea consecuencia de la crisis provocada por la Covid-19.

¿Quiénes se suenen beneficiar? Sobre este particular, el Ayuntamiento precisa que lo podrán ser las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha 1 de marzo de 2020, que reúnan distintos requisitos, entre ellos que cuya actividad sea de comercio o de hostelería ejercida en un establecimiento del municipio de Málaga, que hayan producido el cierre de la actividad al público o limitación de éste en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo.

A esto hay que sumar que estén encuadrados en el comercio al por menor en sus múltiples tipologías; en cafeterías; cafés y bares, con y sin comida; servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías; agencias de viajes; enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior, instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte; lavanderías, tintorerías y servicios similares; salones de peluquería e institutos de belleza; servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias; o de similares características.

Asimismo, entre otros requisitos, que resulten obligadas al pago por las actividades desarrolladas en el referido establecimiento de la tasa (enero de 2020) o de la prestación patrimonial de carácter público no tributario (desde julio de 2020) por el servicio de recogida de basuras por actividades económicas con una superficie de hasta 300 metros cuadrados y se encuentren al corriente de pago de las mismas; así como que su facturación correspondiente al año 2020 haya disminuido al menos un 30 por ciento en comparación con el año 2019.

Las solicitudes de las ayudas se presentarán conforme al modelo incluido en los anexos a estas bases e irán dirigidas al Área de Comercio del Ayuntamiento de Málaga a través del procedimiento telemático establecido en la convocatoria en la web municipal: www.malaga.eu. Las mismas habrán de presentarse en el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.  

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