Málaga

Yagüe, condenada por abofetear al menor que la llamó "ladrona"

  • La ex alcaldesa tendrá que indemnizar al adolescente de 15 años con 150 euros y pagará un mes de multa, aunque los jueces tienen en cuenta el insulto de la víctima

La ex alcaldesa de Marbella Marisol Yagüe ha sido condenada a un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros como responsable de una falta de lesiones por abofetear en la puerta de un colegio a un menor que previamente la había llamado "ladrona".

La sentencia, dictada por el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella, Óscar Pérez, y que ha fue ayer facilitada a los medios por el TSJA, considera probado que Yagüe le dio una bofetada a un adolescente de 15 años, que sanó después de cinco días, por lo que también deberá indemnizarle en 150 euros.

Los hechos ocurrieron sobre las 13:50 horas del pasado 2 de junio cuando la procesada circulaba en un vehículo a la altura del colegio La Latina de Marbella, y el menor, que se encontraba junto con unos amigos, se dirigió a ella diciéndole "alcaldesa, ladrona".

Yagüe, "ofuscada por el escarnio", detuvo el vehículo y preguntó al grupo quién lo había dicho, a lo que el menor respondió que había sido él y que "cuando quisiera le demostraba que era una ladrona".

La denunciada reprochó al joven su actitud, le dijo que ladrona "lo será tu padre o tu madre", y le dio una bofetada, señala la sentencia.

La resolución judicial, contra la que cabe recurso de apelación, da por probado que el menor se burló de la ex alcaldesa con el propósito de insultarla, lo que justifica en una contradicción en la declaración de la víctima y la denuncia, y en que una persona "no se baja de un vehículo sin más si no es por una razón".

El bofetón viene probado porque la propia denunciada reconoció el contacto físico, por las declaraciones de un testigo y por el parte de asistencia médica emitido minutos después de la agresión.

En cuanto a la pena impuesta, en los fundamentos de derecho se señala que el escarnio previo del menor es "circunstancia a tener en cuenta" y produce una "suerte de compensación" entre el hecho de agredir a un menor en la puerta de un colegio, que permitiría ampliar la pena, y la irritación y ofuscación producida por éste, que posibilitaría reducirla.

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