¿Puede modificarse una declaración de la renta una vez presentada?

Hacienda ofrece una serie de pasos para subsanar errores u omisiones

Fecha oficial para pedir cita para la declaración de la renta por teléfono

Ya está disponible el simulador de la declaración de la renta.
Ya está disponible el simulador de la declaración de la renta. / M.G.

En plena campaña de la renta, los contribuyentes han comenzado a presentarla de forma telemática. A partir del 6 de mayo podrán hacerlo vía telefónica, y en junio de forma presencial. Quienes la presentaran con antelación, han podido darse cuenta de un error una vez enviada su declaración, es posible subsanarlo.

La Agencia Tributaria señala que pueden darse dos supuestos, por un lado, que los errores u omisiones causen perjuicio a la cantidad a devolver al contribuyente, ya sea mayor o menor, y se solicitará una rectificación de la declaración ya presentada. Y por otro, si los errores u omisiones causas perjuicio a Hacienda, en ese caso el contribuyente debe presentar una declaración complementaria.

Cómo realizar una rectificación

En primer lugar, se debe acceder a la declaración identificándose con cl@ve móvil, certificado, DNI electrónico o número de referencia. Una vez se identifique el contribuyente, en el apartado Servicios Disponibles se encuentra Modificar declaración. Para ambos supuestos se deben seguir estos pasos, y pinchar en modificar declaración presentada. Una vez dentro, se realizarán los cambios de los errores u omisiones correspondientes, y se volverá a presentar con las correcciones.

Hacienda subraya que no se podrá solicitar un ajuste si se hubiera practicado ya la liquidación provisional o definitiva, o si ya hubiera transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.

¿Quiénes deben presentar la declaración de la renta este 2025?

Una de las cuestiones que se hacen los contribuyentes es quiénes están obligados a presentar la declaración:

  • Aquellas personas que en el último ejercicio económico obtuvieran unas rentas del trabajo superiores a los 22.000 euros anuales, provenientes de un único pagador.
  • Uno de los cambios de este año es que se eleva el importe mínimo en los casos en los que se tiene dos o más pagadores. Mientras que en años anteriores el límite se encontraba a partir de los 15.000 euros anuales, para este 2025 ha subido a 15.876 euros. Siempre que el importe recibido de los segundos pagadores superen los 1.500 euros. Esta cifra viene a igualar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que en 2024 se había fijado en 1.134 euros en 14 pagas (que hace el total de 15.876)
  • También deben presentar la declaración los autónomos inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), independientemente de sus ingresos (esto comenzó en el ejercicio económico del 2023).
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