Tribunales

Absuelven a la supuesta agresora de Martín Rojo en la marcha contra la Violencia de Género

  • El juzgado admite que hubo "contacto físico" pero precisa que "no queda acreditado que la golpease intencionadamente"

Imagen de la manifestación del día internacional contra la Violencia de Género.

Imagen de la manifestación del día internacional contra la Violencia de Género. / Marilú Báez

El Juzgado de Instrucción número 13 de Málaga acaba de absolver "libremente y con todos los pronunciamientos favorables" a la persona a la que la concejala de Turismo del Ayuntamiento de Málaga, María del Mar Martín Rojo, denunció como supuesta responsable de la agresión física sufrida el pasado 25 de noviembre, en el transcurso de la manifestación del día internacional contra la Violencia de Género celebrada en la capital.

De acuerdo con la versión expuesta por la edil al finalizar el acto de protesta, posteriormente corroborado en una denuncia formal, que tuvo su entrada en el juzgado el 29 de noviembre, una mujer le había "dado un puñetazo en la espalda", por el que terminó en Urgencias. En su cuenta de Facebook explicó lo sucedido y aclaró: "A pesar de todo lo sucedido, no dejaré de luchar en contra de la violencia, que no es propiedad de ninguna ideología política".

La sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, no discrepa de la versión de la concejala en cuanto al golpe recibido, si bien concluye la imposibilidad de actuar contra la persona a la que apunta Martín Rojo como supuesta responsable. "La falta de prueba inculpatoria concluyente y la aplicación insoslayable del principio penal in dubio pro reo con su mandato constitucional del principio de presunción de inocencia (…), conducen a declarar la libre absolución de la denunciada, al no quedar acreditado que golpease intencionadamente a la denunciante", detalla el fallo.

En los fundamentos de derecho se precisa que conforme a las manifestaciones de las partes, de los testigos y el contenido de las grabaciones aportadas y visionadas se desprende que durante el desarrollo de la manifestación celebrada con motivo del día internacional de la Violencia de Género, varios de los participantes, tras advertir la presencia del alcalde, Francisco de la Torre, y de algunos integrantes del equipo de gobierno del PP, "comenzaron a dirigir quejas contra el mismo, solicitando que se marchase".

El juzgado entiende que de las grabaciones existentes no se puede distinguir "claramente" que la denunciada golpease a la edil

"En las grabaciones puede apreciarse cómo la denunciada portaba una pancarta con la leyenda ‘Nos queremos vivas’ y cómo corea junto a otras personas la frase: "vuestros recortes también nos matan", y ello dirigiéndose al regidor, encontrándose junto a ella más personas y también delante y detrás de la misma", sin posibilidad de distinguirse "claramente en ningún momento" que la denunciada golpease a la concejala.

No obstante, se apunta que la denunciada admitió en la vista judicial (como también lo hizo en su declaración ante la Policía Nacional) "que se vio arrastrada en el tumulto y tropezó, apoyándose en distintas personas", entre las que se encontraba la edil. Por ello, el juzgado considerada que "debe darse por hecho el contacto físico entre ambas".

"Ahora bien, aún cuando queda probado dicho contacto, lo cierto es que no existe prueba alguna de la voluntariedad del mismo; esto es, no resulta acreditada la concurrencia del elemento subjetivo del injusto consistente en la conciencia y voluntad de golpear, ni siquiera de la existencia de dolo eventual en el actuar de la denunciada, por lo que procede su libre absolución", apostilla la sentencia.

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