Málaga

Condenado por las lesiones que sufrió una mujer a la que se abalanzaron sus perros

  • La Audiencia rechaza el recurso de la aseguradora y confirma el pago de 3.000 euros como responsable civil

La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa de 150 euros impuesta a un hombre después de que sus perros se abalanzaran sobre una mujer, que cayó al suelo y resultó lesionada. Además, ha ratificado la condena a la aseguradora, rechazando el recurso presentado por ésta, que tendrá que pagar a la perjudicada 3.000 euros como responsable civil directa.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Estepona declaró probado que en julio del año 2010, la perjudicada se encontraba caminando por una calle y cuando se abrió la puerta de una casa salieron "de pronto" dos perros de raza boxer, pertenecientes al acusado, los cuales estaban "excitados" y llevaban correas, pero "de una distancia de unos dos metros de largo".

En dicho contexto, decía la resolución, los perros se dirigieron a la mujer, uno a los pies y otro se apoyó en el pecho, "cayendo al suelo" la víctima, quien a consecuencia de la caída sufrió unos menoscabos físicos que tardaron en sanar 60 días. Se le condenó por una falta que hace referencia a los dueños de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal.

Ahora la Sala de apelación, en su sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, mantiene los hechos probados y las penas impuestas tanto al procesado como a la aseguradora, rechazando el recurso presentado por ésta, en el que alegó que los perros no eran dañinos, que no mordieron a la denunciante y que no querían agredirla, "sino mostrarle afecto". El Tribunal considera que en los hechos probados "en ningún caso se alude a que los perros del denunciado mordieran a la denunciante" y apunta que los animales estaban "en condiciones de causar un mal toda vez que si están nerviosos o excitados cuando salen a la calle, es necesario recabar un mayor cuidado por parte de la persona que los saca, atándolos con correa más corta".

"No se trata de examinar la intención que tuvieran los perros -agredir o mostrarle afecto a la denunciante-, pues a quien sanciona el Código Penal es al dueño de los perros que los dejaren en disposición de causar mal, que es lo que ocurrió en el presente caso", se indica en la sentencia.

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