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Málaga, sin limitaciones horarias para los niños y el deporte en la fase 2 de la desescalada

Málaga, sin limitaciones horarias para los niños y el deporte en la fase 2 de la desescalada

Málaga, sin limitaciones horarias para los niños y el deporte en la fase 2 de la desescalada / Marilú Báez

Los territorios que se encuentren en la fase 2 del proceso de desescalada hacia la nueva normalidad, como será el caso de Málaga desde el lunes 1 de junio, ya no tendrán limitaciones horarias para los niños y el deporte.

Desde el pasado miércoles 27 de mayo, el Ministerio de Sanidad y su titular Salvador Illa, han autorizado la abolición de las limitaciones para los desplazamientos de los niños y la práctica de activad física no profesional en los territorios que se encuentren en la fase 2

Hasta el lunes, los niños de menos de 14 años pueden salir con la regla del 1-1-1-1: una vez al día, durante una hora, en un ámbito de 1 kilómetro máximo con respecto a su domicilio y acompañados de un adulto o un hermano mayor; y únicamente en su franja horaria.

De acuerdo con la disposición de Sanidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los niños que residan en zonas en fase 2 podrán salir de sus domicilios a cualquier hora sin límite de tiempo ni de cantidad de veces. Obviamente, niños con síntomas como fiebre o tos, compatibles con la sospecha de poder tener coronavirus, o que estén en cuarentena, seguirán sin poder salir a la calle.

¿Y qué pasa con la actividad física?

En ciudades y localidades en fase 2 también quedan eliminadas las franjas horarias para la actividad deportiva no profesional, que podrá practicarse cuantas veces al día se quiera -también con mascarilla y distanciamiento social- en base a la disposición adicional quinta, con respecto a las medidas de flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional, en la que se expone: "No regirá limitación alguna respecto del número de veces al día en que se podrán realizar las actividades previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril".

Conviene recordar además que aquellos municipios de menos de 10.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por kilómetro cuadrado, no tienen ya que atenerse a los horarios establecidos.

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