Málaga

Málaga quiere prohibir el uso de los andamios como grandes soportes publicitarios

  • El Ayuntamiento activa la renovación de la ordenanza que regula la instalación de rótulos y publicidad

Las fotos de La Equitativa de Málaga, 'vestida' con Netflix

Las fotos de La Equitativa de Málaga, 'vestida' con Netflix / Javier Albiñana

La práctica que ha acabado por convertirse en habitual de usar los andamios instalados sobre las fachadas de los edificios en obras como grandes soportes publicitarios tiene los días contados. Al menos esta es la intención del Ayuntamiento de Málaga, que acaba de dar a conocer la tramitación de una renovada ordenanza con la que regular de manera más exhaustiva la instalación de publicidad y rótulos en edificios, solares y locales comerciales, entre otros inmuebles.

El paso adelante dado por la Gerencia de Urbanismo se produce en el objetivo de actualizar una norma que data de 1999 y que requiere de importantes adaptaciones, dando cabida, por ejemplo, a nuevos modelos de publicidad digital y pantallas dinámicas en las fachadas. "Málaga no pude quedarse atrás en esta innovación", ha defendido el concejal de Ordenación del Territorio, Raúl López.

El edil ha subrayado que la propuesta busca igualmente agilizar los trámites a la hora de autorizar los permisos necesarios. En este sentido, se pretende que la mayoría de peticiones quede exenta de licencias urbanísticas y puedan autorizarse mediante declaración responsable.

Uno de los apartados específicos que se aborda en el documento es el relativo a los andamios. Cuestión que viene siendo objeto de cierta polémica en los últimos años, en los que son conocidos varios ejemplos de uso de estas instalaciones para la colocación de grandes paneles. Ahora esto va a quedar de manera genérica prohibido.

"Los andamios se han convertido en elementos publicitarios y no lo son", asegura López, quien es claro al precisar que como horma general "no estará permitida la publicidad en los andamios". Sí se autorizará que en ciertos casos, como en edificios cuya imagen genera impacto o inmuebles protegidos, las estructuras puedan ser cubiertas con imágenes del propio inmueble o del entorno. A modo de ejemplo, recordar lo ocurrido con la rehabilitación del Palacio de la Aduana, que durante meses mostró imágenes sobre cómo iba a quedar la construcción una vez finalizados los trabajos.

Sí se abre la posibilidad a faldones de publicidad o pequeños elementos o algo institucional, "pero como algo excepcional". "Lo que no puede ser es que haya gente que prolonga la instalación del andamio para prolongar la publicidad”, sentencia. 

Siendo uno de los aspectos más reseñables, no es el único. Otro de los asuntos a regular es el de la publicidad en las cubiertas. "Se va a poder seguir haciendo pero no de cualquier manera", aclara el concejal, quien subraya la necesidad de que la instalación tenga unas dimensiones razonables y que exceda los límites.

El texto también entra a analizar las condiciones de colocación de la publicidad en los centros empresariales, donde se aboga porque quede integrada con el entorno sin provocar distorsión; o en los centros comerciales, que suelen usar muchos las fachadas para la colocación de la publicidad. Sobre estos establecimientos, la idea es que se apuesta por la publicidad dinámica.

En el caso de la rotulación y la cartelería en los negocios, caso del Centro histórico, López ha admitido que hay casos en los que se produce un uso inadecuado. A modo de ejemplo, ha valorado que un local pueda querer informar de los bocadillos que ofrece, pero "no en la fachada de un edifico del Pepri Centro".

Para intentar responder de manera específica a cada caso, la ordenanza prevé incluir en su articulado la combinación entre tipología de rótulo y zona donde éste se vaya a instalar o se encuentre instalado; es decir, para cada zona y cada tipo de instalación se determina una regulación concreta.

La previsión es que a partir del próximo lunes cualquier ciudadano pueda consultar el contenido de la propuesta en el portal Málaga Contesta, abriéndose de este modo un periodo de consulta en el que podrán realizarse aportaciones a la misma. El plazo que maneja Urbanismo para aprobar la ordenanza es antes de finales de año.

Disposición transitoria

Una de las particularidades de esta ordenación, que ha sido objeto de conversaciones con los comerciantes y los hosteleros, entre otros colectivos, es que incorporará una disposición transitoria para aquellos establecimientos cuyos rótulos e instalaciones no se adecuan a la nueva norma. En este sentido, por ejemplo, desde la aprobación de la misma, se dará un plazo de seis meses para la retirada de los carteles, pegatinas, papeles pintados y demás elementos de escaso coste económico, identificativos o de publicidad, que no se adaptan a la ordenanza.

Este es el mismo tiempo que se dará a los responsables de locales donde haya instalaciones fácilmente desmontables que para adaptarse a la norma sólo requieran cambiar su ubicación o bien ser retiradas. Un año se dará cuando la instalación fácilmente desmontable sea el único elemento identificativo del negocio o actividad y que tenga que ser retirada o trasladada; en el caso de los rótulos, cartelería o instalaciones de publicidad propia que deban ser retirados o modificados en su forma o ubicación y sea necesario realizar obras en el establecimiento o en su fachada, deberán hacerlo en el plazo de 3 años.

Otros tres años se dará cuando se realicen obras de reforma, mejora o adaptación en un establecimiento y tengan que ser adecuados los rótulos, cartelería e instalaciones existentes. Al tiempo, se precisa que no se permitirá la instalación de nuevos rótulos o elementos de publicidad  en el establecimiento o parcela donde se ubica hasta que no se proceda a la regularización o retirada de los existentes que no se adapten a la ordenanza.

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