Tribunales

El Supremo reduce la pena de prisión para el ex jefe antidroga de la Guardia Civil

  • La Audiencia lo condenó a 10 años y medio y ahora su condena queda en tres años y nueve meses

  • Se estima el recurso de la Fiscalía y se le impone una pena de inhabilitación absoluta por diez años

El banquillo de los acusados durante una de las primeras sesiones del juicio en octubre de 2015.

El banquillo de los acusados durante una de las primeras sesiones del juicio en octubre de 2015.

La Sala II del Tribunal Supremo (TS) ha reducido las penas por distintos delitos a 14 de los 27 condenados en septiembre de 2016 por la Audiencia Provincial de Málaga por cuatro operaciones de tráfico de hachís desarrolladas en la costa malagueña y Melilla en 2010, entre ellos el ex jefe del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA) de la Guardia Civil en ese momento.

Así, la Audiencia malagueña condenó a este acusado a diez años y medio de prisión por dos delitos contra la salud pública y otro de falsedad en documento oficial, pero ahora el Supremo deja su condena en tres años y nueve meses de cárcel al considerar que su actuación es subsumible en un único delito de tráfico de droga, han informado desde el alto Tribunal.

Agravante de ser el culpable autoridad

Por otro lado, considera que "la falsaria ocultación de datos" que realizó en el atestado presentado a la autoridad judicial en una de las operaciones ha quedado integrada en el mismo delito contra la salud pública y adecuadamente penada con la aplicación del agravante de ser el culpable autoridad o funcionario público.

Asimismo, y también en relación con este acusado, que era teniente de la Guardia Civil, se estima el recurso de la Fiscalía y se le impone una pena de inhabilitación absoluta por diez años.

La Sala mantiene las condenas por delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo y tenencia ilícita de armas, y reduce las penas por delitos contra la salud pública en algunos de los condenados por entender que no consumaron el delito y se trata de un delito intentado.

También estima que uno de ellos fue cómplice y no autor, así como que el delito intentado de robo con violencia juzgado fue en realidad un hurto intentado. Así, la condena más alta impuesta tras la sentencia del Supremo pasa a ser de cinco años de cárcel, según han indicado desde el Supremo.

Mantiene la pena para la ex pareja de Lucía Garrido

Por lo demás, la sentencia mantiene en su integridad los restantes pronunciamientos de la Audiencia de Málaga, que condenó, entre otros, al ex compañero sentimental de Lucía Garrido, la mujer asesinada en 2008 en su casa de Alhaurín de la Torre --que salió absuelto de la acusación por el asesinato de la mujer--. A este se le impusieron tres años de prisión.

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